LA CONSEJERÍA VUELVE A VULNERAR DERECHOS LABORALES: TRAS CESAR A INTERINOS RECIÉN CONTRATADOS LES ADJUDICA PUESTOS EN ORDEN INFERIOR A LO QUE LES CORRESPONDE.
STE-CLM Intersindical vuelve a denunciar las gravísimas irregularidades cometidas por la Consejería de Educación en cuanto a la contratación de profesorado interino.
A principios de septiembre interinos e interinas contratados con vacante para todo el curso se encontraban al llegar a su centro de destino con que su plaza no existía. STE-CLM denunció esta situación ante la Dirección General de Recursos Humanos, donde se comprometieron a resolver la situación para evitar posibles demandas por responsabilidad patrimonial. Tras la adjudicación del 19 de septiembre, hemos comprobado que no solo no se ha solucionado, sino que se están vulnerando de nuevo los derechos laborales del colectivo interino.
Tras la adjudicación de inicio de curso, un número considerable de interinos e interinas a los que se les adjudicó una vacante por un curso completo, en base a los principios de igualdad, mérito y capacidad, fueron cesados arbitrariamente a los diez días de su contratación, permaneciendo en situación de desempleo hasta el 22 de septiembre. La Consejería negó en prensa ese cese, y acusó a STE de mentir y de “querer enturbiar malintencionadamente un inicio de curso normal y tranquilo”. Contradiciéndose a sí misma en ese mismo comunicado, Consejería aseguraba que a los interinos “suprimidos” (es decir, despedidos) se les iba a reconocer todos sus derechos desde el 1 y 8 de septiembre (EEMM/Primaria). Dicen que no hay ceses, pero al mismo tiempo afirman que a los cesados les van a reconocer sus derechos. Coherencia pura. ¿Y todavía tienen la desfachatez de decir que STE miente? Pues no solo no les han reconocido sus derechos sino que los han vuelto a vulnerar.
En la nueva adjudicación del pasado viernes 19 estos interinos e interinas fueron adjudicados de nuevo, pero no con una vacante para todo el curso, que es lo que les correspondía, sino en régimen de sustitución, es decir, en un orden muy inferior a lo que les correspondía según la lista de interinos. Estos trabajadores y trabajadoras se convertían así en chivos expiatorios de los errores de la Consejería, siendo perjudicados económica, administrativa y moralmente.
Como ejemplo, una interina adjudicada con una vacante para todo el curso, fue despedida diez días después de ser contratada, y vuelta a ser contratada una semana más tarde para una sustitución de dos meses, en otro destino, cuando por su posición en la lista, si no se hubiese cometido dicho error, hubiese trabajado todo el curso escolar.
Se da el agravante de que en muchos centros el profesorado está trabajando con horarios ilegales de más de 21 horas lectivas, uno de los motivos por los que este profesorado con el curso escolar iniciado “sobra”.
Desde STE-CLM aconsejamos a todos aquellos interinos e interinas que fueron adjudicados con una vacante el día 28 de agosto, que posteriormente fueron cesados por la desaparición de sus plazas, y que se han visto perjudicados en la adjudicación del viernes 19 de septiembre con respecto a su asignación inicial, contactar con nuestra asesoría jurídica para en primer lugar presentar un recurso de alzada contra el cese (hay un mes de plazo), y en segundo lugar iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial contra la Administración educativa.
¿En qué consiste un procedimiento de responsabilidad patrimonial?
La Administración tiene la obligación de subsanar el perjuicio económico que se pudiera ocasionar al interino o interina por el empeoramiento de su situación. Así pues, si inicialmente el día 28 de agosto fue adjudicado con una vacante en su localidad de residencia y en cambio el día 19 se le ha asignado una plaza en una localidad a la que deba desplazarse al centro de trabajo en automóvil o inclusive deba alquilarse una vivienda, la Administración debe sufragar los gastos de kilometraje y/o de alquiler que, en caso de haberse respetado la primera adjudicación, no tendrían que ocasionarse al afectado. Si el interino viera aumentada la distancia en kilometraje que debe realizar a causa de nueva adjudicación también debe ser compensado por la Administración.
Por supuesto, aquellos interinos que hayan sido adjudicados con una sustitución que supondrá un nuevo cese antes de final de curso, en lugar de con una vacante hasta el mes de junio, deben cobrar el sueldo íntegro desde el 1 de septiembre de 2014 al 26 de junio de 2015.
Junto al perjuicio económico deben ser subsanados también los daños de cara a su situación administrativa y se les debe reconocer todo el tiempo de servicios prestados, desde el día 1 de septiembre de 2014 hasta el 26 de junio de 2015 tal y como constaba en su primer nombramiento independientemente de si el día 19 se le asignó una sustitución que no cubra todo el curso escolar. También se deben reconocer todos los servicios prestados si alguna de las vacantes a tiempo completo se ha convertido en vacante a tiempo parcial.
Existe base legal y sentencias judiciales precedentes que reconocen el derecho de estas personas a ser indemnizadas económicamente y a que se les reconozca el tiempo que hubiesen estado trabajando a efectos administrativos.