Albacete

Ciudad Real

Cuenca

Guadalajara

Toledo

Composición de las Juntas de Personal en las diferentes provincias

 STE-CLMANPECSIFCCOOFETE-UGTPRESIDENCIASECRETARÍA
ALBACETE513382CCOOCCOO
CIUDAD REAL78873STE-CLMSTE-CLM
CUENCA67453STE-CLMSTE-CLM
GUADALAJARA77553STE-CLMSTE-CLM
TOLEDO128773STE-CLMSTE-CLM
TOTAL CLM3743273214

¿Qué son las Juntas de Personal Docente?

La Juntas de Personal Docente de los Centros Públicos no Universitarios son los órganos de representación de los docentes de la función pública en cada provincia, compuesto por un número variable de delegados y delegadas, que representan las candidaturas votadas por los trabajadores del sector en las elecciones sindicales. En todas las provincias hay Junta de Personal, con diferente composición según los resultados electorales.

El mandato de los miembros de la Junta de Personal y de los delegados y delegadas es de cuatro años, pudiendo ser reelegidos en sucesivos periodos electorales. Las actuales Juntas de Personal fueron elegidas el día 4 de diciembre de 2014, por lo que su periodo de representación será hasta el mes de diciembre de 2018. En función de estos resultados electorales, los sindicatos con representación tenemos derecho a participar en las diferentes Mesas de Negociación que se establezcan con la Administración.

Funciones legales de la Junta de Personal

La figura de la Junta de Personal viene recogida en el artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público (Funciones y legitimación de los órganos de representación) el cual dice que las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, en su caso, tendrán las siguientes funciones, en sus respectivos ámbitos:

a. Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y programas de mejora del rendimiento.

b. Emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones e implantación o revisión de sus sistemas de organización y métodos de trabajo.

c. Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.

d. Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos.

e. Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes.

f. Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.

g. Las Juntas de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros y, en su caso, los Delegados de Personal, mancomunadamente, estarán legitimados para iniciar, como interesados, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.

Resultados de las Elecciones Sindicales 2014

STE-CLM preside 3 de las 5 Juntas de Personal:

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