La normativa que recogemos a continuación es la legislación básica que afecta al colectivo interino. En STE hemos elaborado una GUÍA DEL INTERINO 2018 en la que hemos intentado recoger y resumir esta legislación, además de derechos laborales, que consideramos puede resultar de interés para el profesorado interino, para facilitar su conocimiento, sin olvidar las reivindicaciones de STE-CLM para este colectivo, el más castigado por los recortes en la enseñanza de nuestra región.

Normativa que regula el Acceso a la Función Pública Docente

NIVEL ESTATAL

(NUEVO) Real Decreto 84/2018, de 23 de febrero por el que se modifica el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

NIVEL REGIONAL

Las últimas resoluciones de convocatoria de oposiciones fueron las siguientes:

MAESTROS (2016): LAPICERILLO OPOSICIONES MAESTROS 2016

VER CONVOCATORIA

 

 

EEMM (2018): LAPICERILLO OPOSICIONES EEMM 2018

Secundaria y Profesores Música y Artes VER CONVOCATORIA TURNO LIBRE y VER CONVOCATORIA TURNO DISCAPACITADOS

 

Formación Profesional VER CONVOCATORIA TURNO LIBRE y VER TURNO DISCAPACITADOS

Normativa que regula la Integración y Ordenación de las listas de interinos en Castilla-La Mancha:

Pacto para la ordenación de las bolsas de trabajo de los aspirantes a interinidades en la función pública docente no universitaria 2017, suscrito entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y las organizaciones sindicales.

Orden 32/2018, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario.

(DEROGADA) – Orden de 28/7/2016 que modifica la anterior orden 29/8/2013 (causas de reserva y NO disponibilidad, y causas de exclusión)

(DEROGADA) – Orden de 29/08/2013, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula el acceso a los puestos de trabajo docentes en régimen de interinidad de los centros públicos no universitarios de Castilla-La Mancha.

Normativa de Renovación de interinidades en Castilla-La Mancha (obligatorio para permanecer en lista):

Renovación interinidades 2018: Resolución de 06/06/2018, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que  seestablece el procedimiento para que los aspirantes a interinidades integrantes de las bolsas de trabajo ordinarias y extraordinarias de los cuerpos docentes de enseñanzas públicas no universitarias en aquellas especialidades en las que no se convoca proceso selectivo de ingreso por la administración educativa de Castilla-La Mancha, renueven la condición de aspirantes a interinidades y soliciten destinos para el curso 2018/2019.

LAPICERILLO RESUMEN DE RENOVACIÓN DE INTERINIDADES Y SOLICITUD DE DESTINOS 2018

RESUMEN DEL PACTO DE INTERINOS (Resolución de 18/12/2017)

Tiempo en vigor: cuatro cursos posteriores a su publicación (hasta 2021/2022), prorrogándose por curso escolar salvo denuncia expresa por cualquiera de las partes firmantes antes del 31 de diciembre del último curso en que mantenga su vigencia

-Se constituirá una bolsa por cada especialidad en Enseñanzas Medias y para Maestros anteriores a la LOGSE, y una única bolsa para el Cuerpo de Maestros.

-Estarán integradas por los aspirantes que formen parte de las listas vigentes al finalizar el curso y los que se incorporen a las listas después de cada proceso selectivo.

-Requisito para entrar en bolsa para aspirantes que no están: presentarse a la oposición en Castilla-La Mancha y obtener una calificación igual o superior a 5 puntos en la primera prueba.

-NUEVO: Los que no obtengan esa calificación de 5 se integrarán en bolsas de reserva (ordenadas por la nota de oposición), que se usarán en caso de que se agoten las bolsas de la especialidad correspondiente. Los componentes de estas listas de reserva que trabajen como interinos se integrarán en las bolsas ordinarias (ordenados por nota).

-Aspirantes que ya forman parte de la lista (cuando hay proceso selectivo): obligatorio presentarse a la oposición en CLM o en otra comunidad para permanecer en lista por la misma especialidad (siempre y cuando el aspirante haya tramitado la solicitud en Castilla-La Mancha, pagado las tasas, y estar en la lista de admitidos del proceso selectivo). En caso de presentarse en otra región NO se puede aportar la nota obtenida (NUEVO), excepto aquellos opositores y opositoras que lo hicieron en las convocatorias realizadas entre el 2013 y el 2016.

-Si no hay oposición, no hay reordenación de listas, pero hay que participar en el proceso de renovación de interinidades (ver apartado 3.2.)

-Si un aspirante formara parte de diferentes bolsas de trabajo en las que hubiese oposición: bastará presentarse al proceso en una de las especialidades para mantener la condición de aspirante en las bolsas de las otras especialidades. Se le rebaremará en todas ellas: en la bolsa por la cual se presenta, con la nota de oposición en dicho apartado; en las que no se presenta al proceso selectivo, en el apartado correspondiente a la nota se le baremará con un cero. Debe presentarse solicitud para la oposición y pagar las tasas en todas ellas.

-Exención de requisitos de titulación específica: los aspirantes que acrediten haber obtenido una calificación igual o superior a 5 puntos en la 1ª prueba de la especialidad a la que opta de la fase de oposición, o haber desempeñado durante 20 meses puestos en el Cuerpo y especialidad en centros públicos.

-Se recoge la posibilidad de apertura de bolsas extraordinarias en el caso de que se agote la lista ordinaria y la de reserva. En este caso, los aspirantes procedentes de bolsas extraordinarias que hubieran trabajo durante el curso se integrarán en la lista de la especialidad por la que sean nombrados.

-El baremo para la lista de interinos será el siguiente (máximo 10 puntos):

BAREMO

EXPERIENCIA DOCENTE (hasta un 45 % del total: máx. 4,5 puntos, se obtienen con 10 años)
+(NUEVO): Por año escolar de experiencia se entiende tener, al menos, 9 meses de nombramiento en el mismo curso escolar.
EXPERIENCIA DOCENTEPUNTOS/AÑOPUNTOS/MES
Especialidades del cuerpo en centros públicos0,450,05
Especialidades de distintos cuerpos en centros públicos0,2250,025
Especialidades del mismo nivel o etapa educativa, en otros centros0,2250,025
Especialidades de distinto nivel o etapa educativa, en otros centros0,11250,0125
NOTA DE LA OPOSICIÓN (hasta un 45 % del total: máx. 4,5 puntos)
Nota obtenida en cualquiera de los procesos selectivos convocados en CLM desde el 01/01/2010 hasta la finalización de la presente Legislatura (2018/19). Entre 2018/19 y 2021/2022, cuatro últimas convocatorias en CLM.
- Especialidades no convocadas con posterioridad a esa fecha, podrá utilizarse la nota final obtenida en la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior al 01/01/2010.

SUMA DE LOS SIGUIENTES CONCEPTOS
NOTA MEDIA DEL PROCESO SELECTIVO(suma de la nota de cada prueba dividido por el número de pruebas)MULTIPLICADA POR 0,45 (NUEVO)
- Aprobando fase de oposición: + 0,75 puntos
- 6 puntos o más en la fase oposición : + 0,25 puntos
- 7 puntos o más en la fase oposición: + 0,5 puntos

La puntuación máxima de 4,5 puntos se obtiene con una nota final en la fase de oposición de al menos 7,2.
FORMACIÓN Y OTROS MÉRITOS (hasta el 20 % del total: máx. 2 puntos):
FORMACIÓN ACADÉMICA:
hasta 2 puntos
FORMACIÓN PERMANENTE:
hasta 2 puntos

Exención de requisitos de titulación específica: los aspirantes que acrediten haber obtenido una calificación igual o superior a 5 puntos en la 1ª prueba de la especialidad a la que opta de la fase de oposición o haber desempeñado durante 20 meses puestos en el Cuerpo y especialidad en centros públicos.

STE-CLM FIRMA EL NUEVO PACTO DE INTERINOS

Desde STE-CLM denunciamos la lesividad del anterior Pacto de interinos desde su firma en 2013 y exigido reiteradamente la necesidad de la negociación de un nuevo acuerdo. STE-CLM aprobó firmar el nuevo pacto de interinos, tras un proceso de consulta telemática a todo el profesorado (56,6% SI y 43,4% NO) y asambleas para votación de la afiliación en todas las provincias. A pesar de los aspectos negativos del pacto que hemos expuesto en las mesas de negociación, y de las voces en contra de la firma en el seno de la organización, la mayoría de la afiliación que ha participado en la consulta opina que STE-CLM no puede oponerse a las mejoras que este pacto supone con respecto al anterior. Por lo que por nuestro carácter asambleario y democrático, “En STE tú decides”, firmamos el acuerdo.

Tras analizar el contenido del pacto, que está lejos de nuestras pretensiones iniciales de máxima estabilidad de las listas y de desligar la ordenación de los procesos de oposiciones, los delegados y delegadas reunidos en pleno, han considerado mayoritariamente que el nuevo pacto mejora sustancialmente el documento del 2013.

Entre las mejoras se encuentran:

– El aumento de puntuación por año de experiencia trabajado.

– Que más de 9 meses de trabajo en un curso escolar cuente como un año de experiencia (que aunque no compensa los injustos despidos antes de finalizar el curso que el colectivo sufre desde 2012, los equipara en puntuación administrativa a los interinos del resto de CCAA).

– La modificación de puntuación extra en función de la nota obtenida.

– La posibilidad de presentar notas de hasta 4 convocatorias para la baremación, y notas anteriores al2010 en aquellas especialidades que no han tenido procesos selectivos desde entonces.

-También se ha valorado que los interinos que actualmente trabajan en Castilla-La Mancha se puedan presentar en aquellas comunidades donde quieran trabajar o hacer su vida y no ser expulsados de las listas, pero que ya no se puedan traer notas de convocatorias de otras regiones.

– Igualmente, la posibilidad de entrar en bolsa de reserva para los nuevos aspirantes que no obtengan un aprobado en la primera prueba que evitará que las bolsas se agoten tan rápidamente y el caos que han sufrido los centros este inicio de curso hasta la apertura de bolsas extraordinarias.

– Aquellos profesores que entren a trabajar por una especialidad, quedarán dentro de la bolsa ordinaria de la misma.

Esto no significa que STE-CLM abandone su ideario. Seguiremos luchando para lograr el acceso diferenciado y la estabilidad de las bolsas de interinos. Y por supuesto, continuaremos exigiendo la mejora de las condiciones laborales del profesorado interino: el cobro del verano para aquellos que trabajen más de 5 meses y medio con efecto retroactivo, la contratación de las interinas embarazadas con reconocimiento administrativo y sueldo, las condiciones del profesorado mayor de 55 años.

En resumen, a igual trabajo por parte del colectivo interino , iguales condiciones laborales que el funcionario de carrera.

 

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