La Consejería de educación debe asumir toda la demanda de educación de adultos, garantizando la respuesta adecuada a la demanda.Orden de 04/11/2011, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 02/03/2010, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a corporaciones locales y asociaciones privadas sin ánimo de lucro de Castilla-La Mancha para el establecimiento de actuaciones de educación de personas adultas.
El STE-CLM considera que la educación de adultos, que es una parte de la educación permanente, tiene que ser garantizada por la Consejería de Educación y en ningún caso se tiene que delegar esta competencia mediante el establecimiento de convenios de formación, porque supone establecer redes paralelas de formación con distintos criterios organizativos y de contratación del profesorado.