Habiendo detectado algunos casos en los que los participantes han procedido al pago de la tasa, aplicando, de forma indebida, la reducción prevista para el registro electrónico, se informa de que la aplicación de la reducción de un 10% prevista en la Ley 9/2012, de 29 de noviembre de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha, sólo es aplicable a las solicitudes que se registren de forma electrónica, y no a aquéllas que se impriman para su presentación física.
En los casos en que ya se haya procedido al pago de forma incorrecta, es decir, aplicando dicha reducción a solicitudes que se registran físicamente, el participante debe realizar un nuevo pago de forma correcta, y presentar justificante de éste dirigido a los mismos órganos a los que se dirigió la solicitud de participación.
Se podrá solicitar la devolución la cuantía de la Tasa ingresada incorrectamente, en el período de solicitud de devolución de tasas posterior a la celebración de las oposiciones.