La sala de lo contencioso administrativo reconoce el derecho al profesorado interino el derecho a cobrar los sexenios.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de los de Albacete, ha dictado la Sentencia de 18 de junio de 2012, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una maestra interina contra la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y dirigido por el Letrado Don Pascual Jiménez Munera, Abogado del STE-CLM.

La Sentencia reconoce a la demandante, docente interina de primaria, el derecho a percibir el abono de dos sexenios con efectos desde la fecha de su cumplimiento de cada uno de ellos.

Por razón de cuantía no cabe recurso alguno contra dicha sentencia, por tanto la sentencia es firme.

El STE pone a disposición del profesorado interino su asesoría jurídica para iniciar el procedimiento de reclamación.

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