Tras las numerosas consultas que hemos recibido en lo referente a las plazas a Tiempo Parcial, nos informan en la Seguridad Social que: “no es inferior el subsidio de desempleo que percibe una persona que teniendo media jornada ha tenido un horario condensado en tres días; su vida laboral tampoco es inferior a la que puede tener una persona que ha trabajado, a tiempo parcial, cinco días semanales”.


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