STE-CLM muestra su total disconformidad con el Proyecto de orden Ministerial por la que se determinan las características, el diseño, el contenido, el marco general de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, dado que consideramos que no se pronuncia sobre algunos aspectos fundamentales de esta norma.
En primer lugar, esta Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad no mejora las actuales pruebas (PAEG o PAU) y tiene problemas de aplicabilidad.
A las alturas de curso que estamos, el alumnado matriculado en 2º de Bachillerato desconoce el contenido al que deberá enfrentarse. Esto supondrá un grave perjuicio para este alumnado pues durante un trimestre y medio han estado sumidos en la mayor de las incertidumbres. No puede pretenderse que el alumnado y el profesorado se vea penalizado en un año decisivo en su vida académica.
Consideramos que uno de los problemas principales de esta prueba radica en la selección de estándares evaluables que se incorpora en el anexo I, que proviene de su redacción original en el Real Decreto 1105/2014, ya que:
Los estándares escogidos en cada materia no guardan equilibrio en la cantidad ni el tipo de competencias que se evalúan.
Los porcentajes que otorgan valor a los diferentes bloques no tienen razón científica que los explique, y complican la confección y corrección de la prueba.
Consideramos sesgada la selección de estándares de algunas materias, como en el caso de la asignatura de Historia de España, que inexplicablemente empieza en el paleolítico, o de la materia de Economía de empresa donde lo único que no se trata es del trabajo y de los trabajadores y trabajadoras.
Por otra parte, se impide al alumnado examinarse de Tecnología Industrial, desincentivando de este modo futuros estudios de ingeniería.
Otro de los motivos por los que discrepamos son los cuestionarios de contexto, puesto que, han perdido su sentido diagnóstico original, al restringirse el uso de la prueba al acceso a la universidad. Consideramos que no deben ser regulados en esta orden. Sugerimos a la Administración una normativa específica sobre el conjunto de datos educativos y de contexto que el sistema recoge, custodia y utiliza y difunde. La limitación a la transparencia del sistema está en el derecho superior de la infancia. Por eso las bases de datos educativos deben asegurar:
-La privacidad.
-Un uso sin consecuencias personales o grupales, restringido al diagnóstico y al estudio científico, orientado a la mejora.
-El derecho al borrado de datos educativos personales en un tiempo razonable, y siempre que lo pidan las personas interesadas.
– La prohibición de la publicidad de datos socioeconómicos y educativos de un centro determinado, que pueden estigmatizar al centro, a su profesorado y, lo que es más grave, a su alumnado. Los sistemas educativos que han informado de datos equivalentes han provocado un aumento de la segregación social y de la desigualdad educativa.
La Evaluación de Bachillerato para el Acceso a la Universidad está vinculada a la regulación del currículo, centralizado, estandarizado y peculiar que se hace en la LOMCE, que consideramos inadecuado a las necesidades del alumnado, de la sociedad y de la economía en el mundo actual. Por esta razón, desde STE-CLM expresamos la necesidad de retirada inmediata de la LOMCE.