RENOVACIÓN DE INTERINIDADES: DETECTADAS IRREGULARIDADES EN LA GESTIÓN DE LAS LISTAS EN CUANTO A LA HABILITACIÓN LINGÜÍSTICA EN INGLES
STE-CLM denuncia irregularidades en la gestión de las listas de interinos por parte de la Consejería de Educación, en la especialidad de inglés del Cuerpo de Maestros. La Consejería ha informado a STE que no va a corregir los errores cometidos, por lo que hemos elaborado un modelo de reclamación para los posibles afectados, que se puede obtener contactando con nuestras sedes.
El pasado 26 de mayo, la Consejería de Educación publicó la Resolución de 20/05/2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa, por la que se establece el plazo para que los aspirantes a interinidades de los distintos cuerpos docentes, renueven su interinidad y soliciten destinos para el curso 2014/15. En el anexo IV (Titulaciones 597), quedan recogidas, para cada una de las especialidades, las titulaciones necesarias para el desempeño de puestos en régimen de interinidad en el Cuerpo de Maestros. En el anexo VII (Titulaciones competencia lingüística), se recogen las titulaciones para la acreditación de la competencia lingüística.
De lo reflejado en estos dos anexos, se desprende claramente que para poder acceder a la especialidad de Idioma Extranjero Inglés, de la bolsa del Cuerpo de Maestros, los docentes que presenten el Título de Graduado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, además de que dicho título incluya una mención en Lengua extranjera inglés, necesitan la acreditación del nivel B2 del Marco Común europeo de referencia para el inglés.
Por otro lado en el pacto de ordenación de bolsas se recoge lo siguiente:
“5. Requisitos para el nombramiento en régimen de interinidad.
Los aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad deberán cumplir, además de los requisitos exigidos con carácter general y específico para el acceso a la función pública docente, los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión de la titulación académica específica requerida por la normativa vigente para impartir la especialidad o la titulación declarada equivalente a efectos de docencia que para cada especialidad se recoge.
Quedan exentos de cumplir este requisito los aspirantes que acrediten alguna de las siguientes condiciones:
– Haber obtenido una calificación igual o superior a 5 puntos sobre diez en la primera prueba de la especialidad de la fase de oposición del último proceso selectivo convocado en la Comunidad Autónoma.
– Haber desempeñado puestos del Cuerpo y la especialidad correspondiente en centros públicos docentes durante veinte meses.”
Junto con la Resolución para la renovación de interinidades, la Consejería ha publicado la relación provisional de interinos. Aquí es donde aparece el problema, puesto que, por error de la Administración educativa, se ha incluido, con la especialidad de inglés, a maestros que no cumplen ninguno de los requisitos expuestos.
Ante la consulta hecha por STE-CLM, si la Consejería de Educación iba a subsanar este error, la respuesta de la Administración ha sido que no.
Desde STE-CLM entendemos que la Consejería está incumpliendo su propia normativa, por lo que exigimos, que de manera inmediata, la Consejería de Educación respete las reglas de juego que ella misma impone, y deje de lesionar los derechos del personal docente.