Publicada la relación de opositores/as que han obtenido plaza en el concurso oposición y documentación que hay que presentar en el plazo de 20 días.

LISTADO DEFINITIVO DE SELECCIONADOS/AS Y APTOS

Turno Libre

Turno Personas con Discapacidad

0590 – Secundaria

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0591 – Profesores Técnicos de F.P.

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0592 – Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

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0594 – Profesores de Música y Artes Escénicas

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0595 – Profesores de Artes Plásticas y Diseño

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0596 – Maestros de Taller de Artes Plásticas

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SEGÚN LA BASE 37 LOS ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS TENDRAN QUE PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN.

37.1.- Documentación general a presentar por los aspirantes seleccionados.- En

el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a aquél en el que se hicieran

públicas en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación y Ciencia, las listas

de aspirantes que hayan superado el concurso oposición, éstos deberán presentar, ante la

Delegación Provincial de la provincia donde se hayan celebrado los procedimientos selectivos

de la especialidad por la que han sido seleccionados, los siguientes documentos:

A) Fotocopia debidamente compulsada del Documento Nacional de Identidad.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública,

ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el

modelo que figura como Anexo VII a esta convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar

declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal, que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española que no residan en

España deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber

solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no

hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación.

C) Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento,

debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicio de la

Consejería, Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar tal

condición. En esta certificación deberán figurar de modo expreso los

siguientes datos:

1.) Indicación del cuerpo, área o especialidad a la que pertenecen,

número de Registro Personal y si se encuentran en servicio activo.

2.) Número de años como funcionario de carrera.

3.) Lugar y fecha de nacimiento.

4.) Título académico que posee y fecha de expedición.

Si en las certificaciones no puede hacerse constar alguno de los

requisitos exigidos para el ingreso en el Cuerpo, por no obrar en los

expedientes personales de los interesados, éstos deberán remitir

separadamente los documentos que los acrediten.

37.2.- Quienes dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no

presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno

de los requisitos señalados en las Bases 7 y 8 decaerán de todos sus derechos a ser nombrados

funcionarios de carrera sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

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