ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN COMO DE ESPECIAL DIFICULTAD POR TRATARSE DE DIFICIL DESEMPEÑO DETERMINADOS CENTROS Y PUESTOS DE TRABAJO DOCENTE NO UNIVERSITARIO EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, A LOS EFECTOS PREVISTOS EN EL REAL DECRETO 1364/2010, DE 29 DE OCTUBRE.
(ver archivo adjunto)
MESA SECTORIAL DEL 30 DE OCTUBRE DE 2013
Según informó la Administración este acuerdo sería una base transitoria; para el curso que viene quieren negociar un acuerdo objetivo.
APORTACIONES DE STE AL BORRADOR DE ACUERDO EN LA MESA
Lo primero que señalamos es que este borrador se debería haber tratado en la mesa sectorial del 18 de diciembre del 2012, que no se llevó a cabo por problemas de tiempo, que en marzo de 2013 se nos demandó a las OOSS aportaciones sobre el borrador, y ahora casi un año después se trae a mesa sin apenas modificación alguna. Nos alegra que se haya recogido una aportación de STE-CLM en la se especifica que se ha de cumplir al menos una condición y que se apliquen a todos los centros Rurales agrupados.
Cuando se cataloga a un centro de especial dificultad estamos dando por hecho que hay una diferencia considerable con respecto a otros centros, por ello lo que tiene que hacer la administración es tratar de compensar esas desigualdades y eso no se consigue otorgando un punto en el CGT sino dotando a los centros de recursos tanto humanos como materiales para compensarlo, de otro modo poco sentido tiene esta clasificación.
Se debería eliminar de todo el texto la nota en la que pone que solo se catalogaran los puestos docentes que tengan atención directa docente con estos grupos o alumnos. El alumnado está matriculado en un centro educativo, no se puede diferenciar unos grupos de otros todo el profesorado del centro tiene vinculación con ese alumnado o grupos, en guardias de recreo, en guardias docentes, en los pasillos… los centros son tienen unas características que afectan a todos los trabajadores y trabajadoras del centro.
CRITERIO I B
Especificar en qué consiste, indicar número de km, tipo de acceso… para que sea un criterio más objetivo.
CRITERIO VI
Cambiar el porcentaje a 10% . En este punto más que en otros nos llama poderosamente la atención la nota, el alumnado que procede de familias socialmente desfavorecidas ¿se va a agrupar en un mismo aula? No entendemos cómo se va a considerar que el profesorado tenga atención directa con alumnado de estas características.
Y fuera del borrador, queremos transmitir una problemática: hay puestos que se cubren con comisiones de servicio, los servicios en Centros de Menores.
Estos centros son considerados de difícil desempeño pero al no ser su destino definitivo los docentes en esos puestos no tienen reconocida la puntuación de cara al Concurso de Traslados. Pedimos que se habilite un mecanismo para solucionar este problema.
La Administración admitió cambios mínimos. Se establecerá un procedimiento claro de cara al profesorado.