Ante la adjudicación provisional del Cuerpo de Maestros y la adjudicación a finales de mes de EEMM, recordamos a las interinas embarazadas y de permiso por maternidad lo siguiente:
MATERNIDAD: DEBEN SER ADJUDICADAS Y SUSTITUIDAS SEGÚN LA NORMATIVA
La Orden de 28/07/2016, en su artículo 8 establece lo siguiente : “Aquellas personas aspirantes que se encuentren disfrutando de su descanso maternal
o en procesos asociados a la maternidad, en caso de resultar adjudicatarias de una plaza en un proceso de asignación, podrán continuar disfrutando del período de descanso correspondiente a la maternidad o al proceso mencionado, debiendo incorporarse al destino adjudicado a la finalización del mismo. Durante el disfrute de dicho período de descanso, se efectuará la provisión de un sustituto en la plaza que le haya resultado asignada”.
EMBARAZADAS Y DE BAJA POR RIESGO EN EL EMBARAZO:
Para ser adjudicada y sustituida, es necesario estar dada de alta y tomar posesión. A continuación es posible cogerse la baja por riesgo en el
embarazo. De esta forma reconocen el tiempo de servicio y se recibirá la prestación del 100% por la Seguridad Social.
Si estás en situación de baja en el momento de la adjudicación y no tomas posesión la Administración te nombrará a efectos administrativos para el reconocimiento del tiempo de servicio, te sustituirán y te podrás incorporar a tu puesto cuando la incapacidad finalice, pero al no estar realmente contratada, no tendrías derecho a prestación (esto es un avance respecto a lo que había anteriormente, cuando obligaban a las interinas en esta situación a declararse no disponibles, pero aún así se trata de una discriminación, al no cobrar, por lo que recomendamos contactar con nuestra asesoría jurídica para más información).