La Dirección General de Programas, Atención a la diversidad y Formación Profesional, dentro de la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, tiene atribuida la competencia de desarrollar normativa referida a los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
Hoy día los centros educativos son organizaciones de gran complejidad y, por ello, la función directiva adquiere la máxima relevancia. En consecuencia, se precisa de una dirección participativa que dinamice la organización, impulse y coordine actuaciones y ofrezca respuesta a las inquietudes de toda la comunidad escolar. Por lo tanto, términos como eficacia, eficiencia, calidad, optimización de recursos o liderazgo, son aspectos claves de la función directiva, unidos al reconocimiento y la promoción profesional por el ejercicio de esta tarea.
A estos efectos, y examinada la normativa vigente en lo relativo al ejercicio de la función directiva en los centros docentes, se justifica la necesidad de proponer la redacción del proyecto de Decreto que establezca las características de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que regule los procesos de renovación, selección, nombramiento, formación y evaluación de los responsables de la dirección de estos centros, así como las medidas de apoyo y reconocimiento a su labor.
El nuevo decreto, según se establece en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ajustará a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, puesto que atiende a la consecución de unos objetivos de interés general y regula procedimientos con el fin de atender la necesidad a cubrir. Igualmente, las actuaciones que se deriven de él se ejercerán de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, con el fin de generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, así como un acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y los documentos propios de su proceso de elaboración, evitando cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizar, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
En consecuencia, una vez corroboradas estas necesidades, y como trámite previo al inicio del procedimiento de elaboración del nuevo decreto que regule las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, esta Dirección General de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional acuerda la apertura de un procedimiento participativo ciudadano, dando así también cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones