Decreto 59/2012, de 23/02/2012, por el que se crea el Centro Regional de Formación del Profesorado de Castilla-La Mancha y se regula la estructura del modelo de formación permanente del profesorado

El STE-CLM lamenta esta decisión, que pone fin a un modelo de formación que lleva funcionando más de 30 años, cumpliendo con la función de acercar la formación a los centros de trabajo, así como permitir a los trabajadores y trabajadoras de la enseñanza acceder al derecho y a la obligación de formarse.

El STE-CLM manifiesta su rechazo a esta forma de proceder, que sin crear la nueva estructura de formación eliminan la que está funcionando.

En relación al posible desplazamiento de profesorado funcionario, el STE considera que no se puede desplazar un funcionario por otro funcionario, aunque sea su plaza, el funcionario o funcionaria no ha concurrido en comisión de servicio sino por un concursillo, regulado por una normativa en la que se refleja que es una plaza de carácter provisional por un año.

En el caso de funcionariado en práctica ocurre lo mismo se le ha adjudicado la plaza vacante mediante un proceso informático y a este profesorado no se le ha informado de las características de la plaza, por tanto, no tiene porque sufrir las consecuencias de los despropósitos de esta administración.

Por lo que respecta al profesorado interino que ocupa plazas de compañeros que están en Comisión de servicios en el CEP o CRAER, se les adjudicó una plaza por todo el curso y en ningún caso se les advirtió que se podía quedar sin ella por la incorporación del titular, si ahora se les quita la plaza, se les estará conculcando el derecho a obtener una vacante en función de su posición en la lista de interinos. En este caso lo que tendría que haber hecho la administración es ofertarlo como sustitución.

El profesorado de orientación educativa que tiene su plaza definitiva en un CRAER, al suprimirles el puesto de trabajo se les tiene que ofertar suprimirse, o bien, adscribirse al puesto nuevo que se cree.

Por otra parte, hay que recordar que esta actuación de la administración de Castilla-La Mancha olvida por completo a los usuarios del sistema educativo que son el alumnado, que después de 7 meses de curso les va a cambiar de profesor o profesora sin tener en cuenta los trastornos que puede suponer para su formación. Debe ser que al Sr. Consejero se la ha olvidado su objetivo de una educación de calidad para Castilla-La Mancha o por el contrario su criterio de calidad no es coincidente con el nuestro.

El STE-CLM pone a disposición del profesorado al que se le lesionen derechos su asesoría jurídica.

Subir

";