Tras dos años de denuncias por parte de STE-CLM, las profesoras interinas que estén disfrutando de su permiso por maternidad no tendrán que declararse en situación de “no disponibles”, sino que serán adjudicatarias de una plaza y sustituidas hasta que finalicen su permiso para incorporarse a la misma.

Hasta ahora, las interinas de permiso por maternidad no podían ser adjudicatarias de una plaza de sustitución, ya que según la Orden de 29/08/2013, de la Consejería de Educación que regula el acceso a los puestos de trabajo docentes en régimen de interinidad, aún vigente, les obliga a declararse en situación de “no disponibilidad” mientras durara el permiso. Es decir, no eran contratadas, perdiendo no sólo el salario sino el reconocimiento del tiempo trabajado a efectos administrativos, que puntúa en las oposiciones, por lo que el perjuicio era doble.

Esta Orden atenta contra legislación de rango superior, como la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que recoge en el artículo 8 de la norma que: constituye una “discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad”.

Además, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en reiteradas ocasiones acerca de la discriminación en el trabajo cuando tiene su origen en el embarazo o en la maternidad. Constituye una discriminación por razón de sexo prohibida por el artículo 14 de la Constitución (que recoge la igualdad de los españoles ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación por razón de sexo). Por ese motivo, el Constitucional ha estimado recursos de amparo no sólo relacionados con despidos, sino también por la resolución de la relación laboral en periodo de prueba o la no renovación de un contrato temporal.

Desde STE-CLM venimos denunciando esta ilegalidad desde su puesta en marcha. Recordamos el cinismo de Marcial Marín que desmintió rotundamente la existencia de esta normativa cuando la Orden de 29/08/2013 la firmó él mismo.

Tras el cambio de gobierno continuamos exigiendo a la actual Administración que retire dicha Orden. A pesar de que esto aún no se ha producido, la Consejería nos ha comunicado que acepta nuestras demandas y hemos comprobado la adjudicación de sustituciones a interinas en situación de permiso maternal. Por lo tanto, todas aquellas compañeras interinas que se encuentren en esta situación no han de ponerse no disponibles, sino que han de ser adjudicadas, y mientras dure su permiso maternal serán sustituidas por otra persona.

Ha sido una lucha dura y muy larga, pero después de algo mas de dos años no se producirá ningún tipo de discriminación laboral, de facto, por el hecho de ser mujer, ahora tenemos que conseguir que se derogue dicha Orden para que jurídicamente no sea posible discriminación alguna.

Desde STE-CLM no entendemos la falta de publicidad de esta medida por parte de la Consejería, que está impidiendo que muchas trabajadoras sean conocedoras del hecho y por lo tanto puedan declararse en situación de no disponibilidad para no tener ningún problema en la bolsa de interinidades.

STE-CLM le da la enhorabuena a todo el profesorado interino porque con el esfuerzo de todos y de todas hemos conseguido sufrir una discriminación menos.

SI ERES INTERINA Y ESTÁS EMBARAZADA O DE PERMISO MATERNAL tienes derecho a que te adjudiquen una sustitución, NO TIENES QUE DECLARARTE COMO NO DISPONIBLE:

– Embarazada y en situación de incapacidad temporal asociado al embarazo: debes acreditarlo para ser nombrada y sustituida, al igual que si tomas posesión y te quedas de baja por esa causa.

– Si estás en el permiso por maternidad: debes ser nombrada y sustituida hasta que finalices tu permiso y te incorpores a tu puesto, debes documentar dicha situación.

Ante cualquier duda o dificultad en estas situaciones os animamos a que os pongáis en contacto con alguna de las sedes de STE-CLM y os orientaremos sobre la medida.

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