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STE INFORMA SOBRE LA MESA SECTORIAL DEL CONCURSO DE TRASLADOS.

Publicación de la convocatoria el día 22 de noviembre
plazo de presentación de instancias de 25 de noviembre al 14 diciembre.

Los puestos de especial dificultad se valorarán siempre que se esté destinado en un centro de estas características, independientemente de si se tiene definitivo o provisional. Las certificaciones las tienen que hacer las delegaciones provinciales.

Se intentará aportar la máxima documentación de oficio por parte de la administración.

La tutoría de alumnos de prácticas se valora dentro del apartado 5.2 con 5 créditos.

Haber sido miembro de tribunales cuenta desde el 2007.

La función tutorial se cuenta desde junio de 2006.

La tutoría de el CAP se valora como ser tutor de master.

Se valorarán para todos los cuerpos los méritos hasta la finalización del plazo de presentación de instancias.

Los miembros de EAEHD tendrán una puntuación de un punto por año.

Se reconoce en el apartado de cursos impartidos, la coordinación y la dirección de cursos.

EEMM: el profesorado en expectativas que no solicite suficientes destinos se le adjudicará de oficio en la región. El STE ha pedido que sea una sóla provincia de elección del participante.
PARA MÁS INFORMACIÓN PONTE EN CONTACTO CON ALGUNA DE NUESTRAS SEDES

APORTACIONES DEL STE-CLM PARA MEJORAR LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE TRASLADOS.

1.- APORTACIONES A LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE MAESTROS.

El concurso es el único mecanismo de movilidad para los funcionarios/as y por ello pedimos que se creen todas las plazas vacantes en platilla orgánica, para poder hacer realizad que el profesorado pueda conciliar la vida personal con la laboral de forma permanente, al mismo tiempo que se contribuye a mejorar la calidad de la enseñanza al estabilizar los claustros.

1.- Las plazas que se ofertan en el concurso de traslados deberían publicarse junto con la convocatoria.

2.- En la página 10 punto 4.2.3: La documentación que le acredita su derecho preferente lo debe aportar la administración de oficio.

3.- En la página 15 eliminar el último párrafo :” El número de representantes…. de la administración”

En esta misma página en el punto 13, aclarar que la puntuación por puesto de difícil desempeño se dará siempre que se desempeñe el puesto independientemente de la situación administrativa en que se desempeñe.

4.- En la pág, 17 base 18 sobre las vacantes: incluir “se negociará con la parte sindical las plazas que se ofertarán al concurso”.

5.- En la página 17 incluir un anexo con los centros bilingües.

6.- En la página 20 base 25 aportar la documentación de oficio la administración

7.- En la pág 24 incrementar el plazo de reclamación a 10 días.

8.- Habilitar un mecanismo para que puedan participar en el concurso provisional Cconcursillo) el profesorado que no puede participar en el concurso general de traslados por no tener dos años de antigüedad en el centro desde el último nombramiento.

9.- Baremo:

Apdo. 3.2.- En los documentos justificativos de otras titulaciones debería incluir “para valorar las 2ª titulaciones hay que aportar el título con el que se accedió al cuerpo.

Apdo 3.3.- Añadir las equivalencias con las titulaciones anteriores de EOI


Apado 4.2.- Entendemos que la función tutorial la ejerce todo el profesorado. La justificación este mérito se realizará mediante certificación del centro.

Apdo 4.3.- Incluir puntuación por por participar en el plan PROA.

Incluir la puntuación por coordinación y dirección de cursos de formación del profesorado.


Apdo 6.1.- Para la valoración de los méritos no objetivos como pueden ser las publicaciones que se den unos criterios equilibrados para toda la región.

Quitar: “la certificación de la editorial con el número de ejemplares y que la difusión de los mismos ha sido en librerías comerciales”.

Apdo 6.4.- Quitar este apartado porque esta puntuación no se puede conseguir por parte del profesorado y que se incluya otra una puntuación por trabajos

que realizan todos los docentes en los centros.


2.- APORTACIONES A LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA EL PROFESORADO DE ENSEÑANZA SECUNDARIA.

Para que el profesorado pueda conciliar la vida personal con la laboral de forma permanente y no tengan que recurrir al concursillo, pedimos que se creen en plantilla orgánica todas las plazas vacantes.

1.- Las plazas que se ofertan en el concurso de traslados deberían publicarse junto con la convocatoria. Que se oferten las plazas bilingües de los centros.

2.- En la base novena h) añadir en el párrafo tercero añadir “ Sólo se adjudica destino forzoso en los centro de las provincia o provincias solicitadas, siendo voluntaria la participación en más de una provincia.

3.- Décima.- Derechos preferentes ¿cuáles son los ámbitos territoriales?

4.- Duodécima.- 2.- Incluir de oficio la puntuación por difícil desempeño. Aclarar que la puntuación por puesto de difícil desempeño se dará siempre que se desempeñe el puesto independientemente de la situación administrativa en que se desempeñe.

5.- Decimoquinta. Como no tenemos los anexos a los que se hace referencia no sabemos de que tipo de plazas estamos hablando.

En relación a las plazas bilingües entendemos que hay un error, debería decir que en este concurso se ofertarán plazas bilingües porque el compromiso era ese.

6.- Ampliar el plazo de reclamación a 10 días.

7.- Habilitar un mecanismo para que puedan participar en el concurso provisional (Concursillo) el profesorado que no puede participar en el concurso general de traslados por no tener dos años de antigüedad en el centro desde el último nombramiento

8.- Baremo:

2.- Cambiar la puntuación por pertenecer al cuerpo de catedráticos a 3 puntos.

3.2.- En los documentos justificativos de otras titulaciones debería incluir “para valorar las 2ª titulaciones hay que aportar el título con el que se accedió al cuerpo.

3.3.- Adición de un nuevo apartado d) Que se mantenga la puntuación (1 punto) a ciclo medio o nivel intermedio de Escuelas Oficiales de Idiomas.

4.2.- Entendemos que la función tutorial la ejerce todo el profesorado. La justificación este mérito se realizará mediante certificación del centro.

4.3.- En las aclaraciones al apartado 4.3 del baremo detectamos una diferencia en el redactado con respecto al baremo de primaria y entendemos que debe quedar igual en lo concerniente a EAEHD y debería decir: puestos en equipos de atención hospitalaria y domiciliaria.

Incluir en este apartado una puntuación por participar en el plan PROA.

Incluir la puntuación por coordinación y dirección de cursos de formación del profesorado.

6.1.- Para la valoración de los méritos no objetivos como pueden ser las publicaciones que se den unos criterios equilibrados para toda la región.

Quitar: “la certificación de la editorial con el número de ejemplares y que la difusión de los mismos ha sido en librerías comerciales”.

6.4.- Quitar este apartado porque esta puntuación no se puede conseguir por parte de todo el profesorado, e incluir otros méritos que pueda conseguir el profesorado.

En una segunda ronda de intervenciones:

Nos gustaría aclarar que nosotros no hemos entrado en cuestiones del baremo aún no estando de acuerdo, están fijadas por el RD y las normas procedimentales, y su negociación se ha llevado a cabo en la Mesa Sectorial del ME, a este respecto decir que los STEs hemos conseguido mejoras en este RD, y nos alegramos de que al fin se incluya la puntuación por el DEA que es una reivindicación histórica del STE en esta mesa y que después fue apoyada por FETE-UGT.

Según el redactado del borrador del concurso de secundaria, se da a entender que los funcionarios en prácticas y expectativas que no pidan suficientes sólo se les dará destino de oficio en la provincia o provincias de su elección, si es así pedimos el mismo redactado que el cuerpo de maestros.

Nos gustaría saber por qué se ha retirado el anexo de puesto de orientación, imaginamos que es porque faltan centros.

Al hilo del tema de la orientación queremos aclarar que según la normativa del concurso que tenemos hoy en la mesa, el profesorado de orientación educativa que opte por suprimirse debe participar por derecho preferente en el concurso de traslados, porque así se recoge en la normativa del concurso de traslado, en la mesa anterior se nos dijo que no sería posible, pero ahora con esta normativa entendemos que debe reconocerse este derecho preferente al suprimirles su puesto de trabajo. El STE-CLM exige que se reconozca este derecho del profesorado de orientación y se envíe a los centros un la aclaración pertinente, porque este cambio puede influir a la hora de tomar decisiones.

STE-CLM MÁS SINDICATO

Attached files

borradorconvocatoria DOCM Maestros.pdf   borradorMaestros baremo.pdf   borradorSecundaria baremo.pdf   borrador_convocatoria_EEMM.pdf  

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