Imagen de Alexandra Abreu (CC BY-NC-ND 2.0)

Imagen de Alexandra Abreu (CC BY-NC-ND 2.0)

Los futuros padres deben acogerse al permiso por paternidad nada más producirse el parto, si quieren atender a la mujer hospitalizada esos días. La Dirección Provincial de Educación de Toledo ha remitido a los centros educativos unas instrucciones en las que plasma esta vulneración de derechos, mostrando así un desprecio absoluto por la conciliación familiar y laboral del profesorado. ¿Quién cuidará de la mujer en los días posteriores al parto? Esto al gobierno regional parece traerle sin cuidado, a pesar de alardear de un feminismo que se revela tan sólo como una pose.

Esto viene realizándose desde marzo de 2013, cuando el gobierno del PP “unificó” los permisos de hospitalización y el de paternidad, considerando que ambos son debidos al mismo hecho causante, y que no se necesitan días de permiso por hospitalización ya que el permiso por paternidad ya sirve para cuidar de la mujer además del recién nacido. Solo se darán los días de permiso por hospitalización de la mujer cuando el parto no se produzca el mismo día de la hospitalización.

Esta interpretación de la normativa es una vulneración de los derechos de los trabajadores y trabajadoras y un incumplimiento claro de la ley:

  • La Ley del Empleo Público en CLM en su artículo 107.2 apartado a, reconoce el derecho a disfrutar de un periodo de tres a cinco días laborables para el caso que se produzca fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad (el hecho causante en el ejercicio de este derecho es la hospitalización de la mujer que va a dar a luz).
  • El artículo 104 de la misma Ley establece el derecho al permiso por paternidad, a disfrutar por el padre o el otro progenitor (en este caso el hecho causante es el nacimiento de un hijo o hija), permiso que recordamos ha sido reducido de cuatro a dos semanas desde el 1 de enero de 2014.

Es decir, el hecho causante no es el mismo, la propia legislación establece la diferencia. Lo cual es lógico ya que el objeto del permiso por paternidad es el cuidado del hijo o hija, mientras el permiso por hospitalización es para el cuidado de la madre.

Según la normativa el cónyuge puede disfrutar el permiso de paternidad desde la fecha de nacimiento hasta la finalización del permiso por maternidad, o inmediatamente después de la finalización del mismo, con lo que es perfectamente posible que se produzca la hospitalización de la mujer para el nacimiento, y que no se disfrute el permiso de paternidad porque se quiera disfrutar dieciséis semanas después, con lo que es totalmente incongruente que por parte de la Administración se aluda a un mismo hecho causante para el disfrute de ambos permisos.

De esta manera se está poniendo trabas al disfrute del permiso por paternidad en otra fecha que no sea inmediatamente posterior al parto, negando la conciliación de la vida familiar y laboral.

La Administración regional a pesar de decir defender a la familia, muestra todo lo contrario con sus actos, y sus trabajadores y trabajadoras sufrimos cada vez más la imposibilidad de conciliar el trabajo con la familia.

Desde STE-CLM exigimos que se sigan reconociendo estos derechos establecido en la normativa vigente, y no obligue a los trabajadores y trabajadoras a recurrir a los tribunales para hacer cumplir la ley, poniéndonos al servicio de quién decida recurrir este atropello.

Descarga este comunicado para colgar en el tablón sindical.

 

Esta son las instrucciones enviadas a los centros de la provincia de Toledo por la Dirección Provincial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Toledo:

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