LA ADMINISTRACIÓN ATENTA CONTRA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL.

Se deniega el permiso por hospitalización a los cónyuges en los casos de mujeres que vayan a dar a luz, obligando a los futuros padres a acogerse al permiso por paternidad para poder estar presentes en el parto.

Según un correo electrónico enviado desde los Servicios Periféricos de Toledo a los centros educativos el pasado 26 de marzo, la Administración denegará desde esa fecha los permisos por hospitalización de un familiar en los casos en los que la hospitalización de la mujer que va a dar a luz origine el derecho al permiso; el empleado o empleada que, por este mismo motivo, tenga derecho también a disfrutar del permiso de paternidad, solamente podrá disfruta de este último. Consideran que no se puede conceder dos permisos por un mismo hecho causante.

Desde STE-CLM Intersindical consideramos esta interpretación de la normativa una vulneración de los derechos de los trabajadores y trabajadoras y un incumplimiento claro de la ley:

  • La Ley 4/2011 en su artículo 107.2 apartado a, reconoce el derecho a disfrutar de un periodo de tres a cinco días laborables para el caso que se produzca fallecimiento, accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge o pareja de hecho, o de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad (el hecho causante en el ejercicio de este derecho es la hospitalización en este caso del cónyuge o pareja de hecho).

  • El artículo 104 de la misma Ley establece que por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo o hija, el personal funcionario tiene derecho a un permiso de cuatro semanas ininterrumpidas a disfrutar por el padre o el otro progenitor (en este caso el hecho causante es el nacimiento de un hijo o hija).

Es decir, el hecho causante no es el mismo, la propia legislación establece la diferencia.

Según este artículo 104 la persona puede disfrutar el permiso de paternidad durante el período comprendido desde la fecha de nacimiento, acogimiento (…) hasta la finalización del permiso por maternidad, o inmediatamente después de la finalización del mismo, con lo que es perfectamente posible que se produzca la hospitalización para el nacimiento, y que transcurridos los tres/cinco días no se disfrute el permiso de paternidad porque se quiera disfrutar dieciséis semanas después, con lo que es totalmente incongruente que por parte de la Administración se aluda a un mismo hecho causante para el disfrute de ambos permisos.

Además, incluso cabe la posibilidad de que la persona a la que se le reconoce el derecho sea distinta, puesto que el de tres a cinco días es consecuencia de la hospitalización del cónyuge y el permiso por nacimiento de cuatro semanas puede ser disfrutado por el padre o el otro progenitor con lo que podría ser disfrutado por la madre.

Y de esta manera se está poniendo trabas al disfrute del permiso por paternidad en otra fecha que no sea inmediatamente posterior al parto, negando la conciliación de la vida familiar y laboral.

Queremos recordar a la Administración que el cuidado de los hijos e hijas no es competencia exclusiva de las mujeres que dan a luz, sino que ambos progenitores han de tener la posibilidad de cuidar a sus hijos, y ha de ser la Administración la que garantice esta igualdad de derechos.

Desde STE-CLM exigimos que se sigan reconociendo estos derechos recogidos en la normativa vigente, y no obligue a los trabajadores a recurrir a los tribunales para hacer cumplir la ley.

Subir

";