Contra las listas provisionales de admitidos y excluidos los aspirantes podrán reclamar en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de su publicación o subsanar, en ese mismo plazo, los defectos que hayan motivado la exclusión, si dichos defectos fueran subsanables. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo.
Las reclamaciones se dirigirán y se presentarán en el Servicio Periférico Provincial de la Consejería de Educación a la que los aspirantes dirigieron su solicitud de participación en el proceso selectivo.
Además podrán presentarse en la forma y lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la reclamación ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que el escrito de reclamación sea fechado y sellado por el funcionario de correos antes de ser certificado.