MODIFICADA LA NORMATIVA SOBRE NUEVAS ESPECIALIDADES EN LOS CUERPOS DOCENTES DE LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica el de febrero de 2007 por el que se aprobaba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica de Educación

Éste es el primer año en el que se está impartiendo en las universidades españolas el Máster de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas. Este máster es consecuencia de la adaptación del sistema universitario español al Espacio Europeo de Educación Superior y constituye un paso decisivo para conseguir una formación de calidad para nuestros profesores y para el conjunto del sistema educativo. Tener este máster es un requisito obligatorio para todos los que participen en oposiciones para acceder a los cuerpos docentes no universitarios.

Con la modificación hoy acordada por el Consejo de Ministros, todos aquellos que este año se presenten a estas oposiciones podrán acreditar que tienen este máster una vez que hayan aprobado la oposición y no en el momento de firmar la instancia para presentarse a los exámenes. De esta forma, tendrán tiempo de acabarlo y presentarse a los procesos de selección.

Esta medida es una de las once que se aprobaron, con el acuerdo de rectores y Comunidades Autónomas, en junio del pasado año para facilitar su puesta en marcha y se aplicará sólo este año por ser el primero en el que se imparte el máster.

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