GUÍA INTERINAS EMBARAZADAS Y DE PERMISO MATERNAL

_banner_480x330_2016_lapicerillo_INTERINAS_EMBARAZADASHasta ahora, a las interinas de permiso por maternidad no se les podían adjudicar plazas de sustitución, ya que según la Orden de 29/08/2013, de la Consejería de Educación que regula el acceso a los puestos de trabajo docentes en régimen de interinidad, aún vigente, les obliga a declararse en situación de “no disponibilidad” mientras durara el permiso. Es decir, no eran contratadas, perdiendo no sólo el salario sino el reconocimiento del tiempo trabajado a efectos administrativos, que puntúa en las oposiciones, por lo que el perjuicio era doble.

Esta Orden atenta contra legislación de rango superior, como la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que recoge en el artículo 8 de la norma que: constituye una “discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad”.

Además, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en reiteradas ocasiones acerca de la discriminación en el trabajo cuando tiene su origen en el embarazo o en la maternidad. Constituye una discriminación por razón de sexo prohibida por el artículo 14 de la Constitución (que recoge la igualdad de los españoles ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación por razón de sexo). Por ese motivo, el Constitucional ha estimado recursos de amparo no sólo relacionados con despidos, sino también por la resolución de la relación laboral en periodo de prueba o la no renovación de un contrato temporal.

Desde STE-CLM venimos denunciando esta ilegalidad desde su puesta en marcha. Recordamos el cinismo de Marcial Marín que desmintió rotundamente la existencia de esta normativa, cuando la Orden de 29/08/2013 la firmó él mismo.

Tras el cambio de gobierno continuamos exigiendo a la actual Administración que retire dicha Orden. A pesar de que esto aún no se ha producido, la Consejería nos ha comunicado que acepta nuestras demandas y hemos comprobado la adjudicación de sustituciones a interinas en situación de permiso maternal. Por lo tanto, todas aquellas compañeras interinas que se encuentren en esta situación no han de ponerse no disponibles, sino que han de ser adjudicadas, y mientras dure su permiso maternal serán sustituidas por otra persona.

Lee todo lo relativo a esta problemática en nuestra Guía para interinas embarazadas, actualizada a mayo de 2017.

Completa esta información leyendo la Guía del Interino/a (Pincha aquí para descargarla).

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