Orden de 26 de mayo de 2011 por la que se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslados de funcionarios del Cuerpo de Maestros, convocado por Orden EDU/2945/2010, de 8 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de17 de noviembre), se convocó concurso de traslados, entre otros, de funcionarios del Cuerpo de Maestros para cubrir puestos vacantes en centros públicos del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación.
De conformidad con lo dispuesto en la base decimonovena de la citadaOrden de convocatoria, mediante Resolución de 24 de marzo de 2011 se anuncio la exposición de las listas conteniendo la adjudicación provisional de destinos a fin de que los interesados pudieran presentar reclamaciones o desistir totalmente a su participación en el concurso.
Vistas las reclamaciones y aceptados, en su caso, los desistimientos a que se refiere el apartado anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en la base vigésima de la citada Orden de convocatoria.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.- Aprobar la resolución definitiva del concurso de traslados contenida en los listados que a continuación se relacionan, declarando asimismo desestimadas las reclamaciones no recogidas en los mismos:
Listado general de participantes, ordenados por puntuación, a los que se les ha concedido destino en Ceuta y Melilla.
Listado de participantes forzosos que no han obtenido destino definitivo y se les declara, por tanto, en expectativa de destino con indicación de la Ciudad en la que han quedado destinados provisionalmente.
Listado alfabético general de participantes, con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su caso, el destino concedido.
En esta convocatoria se han adjudicado las vacantes siempre que se hayan correspondido con puestos de trabajo cuyo funcionamiento se encuentra previsto en la planificación escolar.
Segundo.- Ordenar la exposición de los listados indicados en el apartado anterior, a partir del próximo día 2 de junio de 2011, en los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla y en la página web http://www.educacion.es ( Profesorado- vida laboral- concurso de traslados)
Tercero.- La toma de posesión de los destinos obtenidos por la presente Orden será de 1 de septiembre de 2011.
Cuarto.- Los concursantes que participando con carácter forzoso no hayan obtenido destino definitivo solicitaran en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Orden, a la dirección del centro en el que han venido prestando servicios en el presente curso, permanecer en el mismo como tales provisionales durante el próximo curso 2011/2012.
Concluido el plazo precitado, el director del centro remitirá las solicitudes a laDirección Provincial con informe global favorable, excepto en aquellos casos en que desee manifestar disconformidad. Esta disconformidad deberá expresarse mediante informe individualizado y motivado del que dará traslado al interesado para que en el plazo de cinco días realice las alegaciones que estime oportunas. La solicitud y el informe motivado se remitirán a la Dirección Provincial acompañados, en su caso, del escrito de alegaciones presentado por el interesado.
La solicitud y el correspondiente informe favorable de la Dirección del centro no generará derecho alguno a favor de los solicitantes, ya que la permanencia en el centro queda condicionada a que las vacantes existentes no sean cubiertas por maestros con mayor derecho, de acuerdo con las prioridades que se determinen en las Instrucciones de comienzo de curso, a las que habrá de estarse para la efectividad de lo dispuesto en el presente apartado.
Quinto.- La documentación presentada por los participantes en el concurso de traslados podrá ser retirada durante el mes de septiembre de 2011.A tal efecto podrán acudir personalmente o delegar en otra persona, debidamente autorizada, siempre que no se haya interpuesto recurso por el propio interesado o terceros que pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el plazo señalado, se entenderá que el participante renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.
Sexto.- Esta Orden es definitiva en vía administrativa y contra la misma los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio de Educación , en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación , de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir, asimismo, del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 26 de mayo de 2011.
El Ministro de Educación
P.D (Orden EDU/580/2011, de 10 de marzo
La Subsecretaria de Educación
Mercedes López Revilla