FUNCIONARIOS INTERINOS: REGULARIZACIÓN VOLUNTARIA I.R.P.F. 2011
Al objeto de evitar que en aplicación de la legislación fiscal vigente durante el segundo nombramiento del ejercicio de 2011 (Septiembre – Diciembre) se incremente sustancialmente el tipo de retención del I.R.P.F., se INFORMA que aquellos funcionarios interinos que lo deseen pueden solicitar la aplicación de un tipo de retención superior al que les corresponde segun lo establecido en el Art. 88.5 del RD 439/2007, de 30 de Marzo (BOE Núm. 78 de 31 de Marzo).
Para realizar la modificación del tipo de retención de IRPF en la nómina debe presentar la solicitud en la Delegación Provincial correspondiente.