La publicación del Real Decreto 20/2012 de 13 de Julio, además de suprimir la paga extra de diciembre de los funcionarios, establece unos criterios y unos márgenes a seguir por las Administraciones en la retribución en caso de incapacidad temporal.

En Castilla-La Mancha estos criterios se están aplicando de la forma más restrictiva, generándose un agravio comparativo con otras comunidades y con lo que el Ministerio de Administraciones Públicas ha establecido para sus trabajadores y trabajadoras.

Es por esto que desde el STE-CLM se ha exigido en la mesa sectorial de 26 de octubre la negociación de la retirada de la supresión de dicho complemento.

Recordamos que desde mayo de este año, con la publicación de instrucciones sobre las ausencias del profesorado se restringió el permiso de ausencia por enfermedad de tres días a uno, a partir del cual es obligatorio cogerse la baja (aunque sea de dos días).

Con la supresión del complemento por incapacidad temporal, la consecuencia real de todo esto es que si un docente cae enfermo NO COBRA; esto se aplica por tramos, pero puede suponer más de 600 euros menos en la nómina el primer mes de baja: mientras en Castilla-La Mancha los tres primeros días el docente no cobra nada, en la Administración General del Estado y la mayoría de las Comunidades se cobra el 50% independientemente del Régimen (y es que desde el RD establece que los funcionarios de carrera cobrarán el 50%, y funcionarios del Régimen de Seguridad Social, hasta el 50% los tres primeros días).

Y mientras en nuestra región las únicas excepciones que se están reconociendo son las enfermedades profesionales (nódulos en las cuerdas vocales) y las relacionadas con el embarazo, para los empleados públicos de la AGE y otras comunidades se tienen en cuenta además las siguientes excepciones: recaídas, accidente, intervención quirúrgica, tratamientos de radioterapia, de quimioterapia.

Además, en Castilla-La Mancha se ha procedido a aplicar esto desde el día siguiente a la publicación del RD, el 15 de julio (a los docentes interinos ya se lo aplicaban desde marzo), cuando el RD da un margen de tres meses para su puesta en marcha (a partir del 15 de octubre, y así lo están aplicando por orden del Ministerio de Administraciones Públicas y en varias CCAA).

Desde el Ministerio de Administraciones Públicas se procedió a la publicación de unas instrucciones para dar cumplimiento al Real Decreto-Ley, en las cuales se recogen las excepciones antes mencionadas, se cobra el 50% los tres primeros días, el 75% del 4º al 20º, y a partir de 21º el 100%.

STE-CLM exigió en la mesa sectorial del día 26 de octubre a la Consejería la negociación de la supresión del complemento por IT, la publicación de unas instrucciones y que dichas instrucciones como mínimo establezcan idénticas condiciones que las del MAP (ya que en nuestra región se está aplicando el máximo establecido, generándose agravio comparativo con otras comunidades y con otros cuerpos de funcionariado).

Desde la asesoría jurídica del STE ya se están presentando los primeros recursos de afiliados por considerar que se están vulnerando los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

Subir

";