STE-CLM ha ganado varios recursos de alzada interpuestos por afiliados interinos a través de la asesoría jurídica de STE contra el cese en el puesto que se le había adjudicado días antes. La propia Consejería reconoce su error y establece el derecho económico y administrativo de estos interinos sobre la plaza que se les asignó y arrebató de forma irregular. Recordamos que en el inicio de curso STE denunció el cese ilegal de interinos recién contratados, ya que esas plazas habían sido suprimidos.

Tras la adjudicación de inicio de curso, varios interinos e interinas a los que se les había adjudicado una vacante por curso completo, en base a los principios de igualdad, mérito y capacidad, comprobaron al llegar a su centro de destino que su plaza no existía.

En muchos casos se trataba de plazas de Escuelas Oficiales de Idiomas, del Programa de Aulas Europeas, que habían sido suprimidas por decisión del nuevo gobierno, pero que no se habían retirado del proceso de adjudicación de plazas a interinos.

Desde STE denunciamos esta situación ante la Dirección General de Recursos Humanos para una solución inmediata de la misma, pero al no hacerlo desde STE se aconsejó a los afectados presentar un recurso, para exigir el reconocimiento tanto del sueldo como del tiempo a efectos administrativos. Esto es doblemente grave porque no solo es un perjuicio económico, sino que el tiempo trabajado es un factor a tener en cuenta en las oposiciones, y en la ordenación de las listas de interinos, y se les había sustraído el reconocimiento de esa experiencia que puede ser un factor primordial a la hora de acceder a la función pública.

Ahora la propia Consejería nos da la razón, reconociendo que se cometió un error, imputable a la Administración educativa, causándoles un perjuicio, ya que de no ser por ese error, se les hubiese adjudicado una plaza a tiempo completo para todo el curso.

Por ello, en la resolución a los recursos se recoge que se les debe reconocer los derechos económicos y administrativos de trabajo efectivo a jornada completa.

Desde STE aconsejamos que si esta situación vuelve a repetirse, los posibles afectados contacten con nosotros para presentar el recurso correspondiente, ya que pueden darse casos incluso más graves, en los que haya que presentar una demanda por responsabilidad patrimonial, por perjuicios económicos añadidos. Porque lo normal en una región tan extensa como la nuestra es que los interinos, una vez adjudicados, alquilan piso cerca de su centro de trabajo, sobre todo si la plaza está lejos de su domicilio. Si tras haber pagado el alquiler de un mes o dos, más una fianza, son cesados y enviados otro centro en otra localidad, ¿quién les resarce del daño económico? ¿quién les devuelve ese dinero? La Consejería se desentiende de esto pero los afectados deben saber que hay jurisprudencia a favor de un reconocimiento económico de los daños.

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