El pasado 4 de abril tuvo lugar la Comisión permanente del Consejo escolar Estatal en la que se presentó Informe de la Ponencia nº 12/2017, Proyecto de Orden ministerial, por la que se determinan las características generales de la pruebas de la Evaluación Final de Educación Primaria y las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la Evaluación Final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2016/2017
STEs votó en contra del mismo al considerar que hace norma de conceptos con los que discrepamos sensiblemente.
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No consideramos que proceda “…que se determinan las características generales de la pruebas de la evaluación final de Educación Primaria y las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria, para el curso 2016/2017”, ya que la evaluación de la Educación Primaria y la Enseñanza Secundaria Obligatoria ya la realiza adecuadamente el profesorado asignado a estos niveles educativos. Estas pruebas significan una nueva minusvaloración del trabajo sistemático que realiza el profesorado de primaria y secundaria.
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Este tipo de prueba hace que se abandone, en parte, la programación curricular de los últimos cursos de Educación Primaria y la Enseñanza Secundaria Obligatoria y se le dedique un tiempo extraordinario a la preparación de “esas pruebas”, deteriorando los conocimientos que debe adquirir el alumnado en ese curso, ya que la prueba se convierte en un objetivo y no en medio.
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Las características generales de las pruebas de la evaluación final de Educación Primaria y las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria previstos en este proyecto de orden , no reúne los requisitos para el fin perseguido y contempla el diseño de un modelo que no permite un estudio comparativo, como se evidenció en el debate de la Comisión Permanente del Consejo Escolar del Estado.
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El proyecto comentado no es realista ni inclusivo, no se tiene en cuenta al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo hasta el punto de que ni siquiera se contempla que alguna alumna/o requiera adaptaciones de acceso, organizativas o curriculares, cosa que sí se contempló el curso anterior (Orden ECD/594/2016, de 25 de abril, por la que se regula la realización de la evaluación final de Educación Primaria en el ámbito de gestión del MECD en su disposición adicional segunda).
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Las características generales de la pruebas de la evaluación final de Educación Primaria y las características, el diseño y el contenido de las pruebas de la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria previstas en el proyecto de orden citado, están vinculadas a la regulación del currículo, centralizado, estandarizado y peculiar que se hace en la LOMCE, .STEs-Intersindical, junto a numerosas organizaciones de la comunidad educativa, consideramos inadecuada dichas regulación a las necesidades del alumnado y de la sociedad actual, como así se ha pronunciado el Parlamento actual y el anterior.
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