Cualquiera de las personas que se vea en una de las causas de exención debe presentar la documentación antes del 4 de mayo. Una vez pasado ese plazo la Administración no reconocerá ninguna causa de exención.
TRIBUNALES: CAUSAS DE EXENCIÓN, ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN (descargar)
TRIBUNALES: CAUSAS DE EXENCIÓN, ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN.
La participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio. El incumplimiento de la obligación de participación conllevará la exigencia de las responsabilidades disciplinarias que procedan. Las dispensas de la participación en los órganos de selección solamente podrán ser determinadas basándose en circunstancias administrativas o en causas de fuerza mayor, debidamente documentadas y consideradas como suficientemente justificativas.
Serán nombrados por resolución a partir de la fecha de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y su nombramiento se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
− Después del acto de presentación y teniendo en cuenta los opositores presentados, se establecerá el número de tribunales necesarios, no actuando a partir de ese momento los tribunales que hayan decaído.
− La celebración del sorteo numérico para la elección de los vocales se hará en presencia de las Organizaciones Sindicales. Asimismo se procurará, siempre que sea posible, que los vocales designados tengan su Centro de prestación de servicios en la provincia donde el Tribunal tenga su sede (ver provincias de gestión y examen al final del documento). En el caso de que no haya profesorado suficiente se nombrarán de otras provincias.
Supuestos de exención de la obligación de formar parte de los órganos de selección. PLAZO: HASTA EL 4 DE MAYO |
a) Quienes hubieran sido designados y hubieran actuado forzosamente como tribunales en el proceso selectivo de EEMM de 2010.
b) Aquellos funcionarios cuya jubilación voluntaria o forzosa se produzca en 2015.
c) Quienes estén desempeñando el cargo de Director.
d) Las funcionarias que a la fecha del nombramiento de los órganos de selección se encuentren al menos en su quinto mes de gestación.
e) En el caso de familias con hijos menores de tres años, podrá quedar exento el padre o la madre cuando ambos hayan sido designados miembros de los órganos de selección, o el progenitor de que se trate en el caso de familias monoparentales.
f) Miembros electos de una Corporación Local y no tengan dedicación exclusiva.
g) Quienes tengan concedida una reducción de jornada por guarda legal hasta el 31 de agosto del año en que se realiza la presente convocatoria.
h) Quienes acrediten la condición de juez de paz titular.
Deberán solicitarlo mediante escrito dirigido al Director General de Recursos Humanos y Programación Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Exención de la obligación de formar parte de los órganos de selección basada en razones médicas.
Solamente serán aceptadas si son informadas favorablemente por la Inspección Médica del SSPP en el que presta servicios el funcionario.
Supuestos de exención automática.
a) Licencias por estudios, tanto en su modalidad anual como parcial correspondiente al periodo febrero-junio.
b) Quienes se encuentren prestando servicios en la Administración Educativa en el año en que se realiza la convocatoria.
c) Quienes se encuentren liberados de la práctica docente por estar prestando servicios en una organización sindical.
Causas de Abstención y Recusación. |
a) Abstención:
Los miembros de los órganos de selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo con carácter inmediato a la Dirección General de Recursos Humanos y Programación Educativa con la debida justificación documental, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo Cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Las personas en las que ya concurra una causa de abstención, de las legalmente establecidas, podrán solicitar su exclusión con carácter previo al sorteo de los tribunales, con el fin de facilitar la formación de los mismos.
La participación en el proceso de adquisición de nuevas especialidades, es compatible con el hecho de formar parte de los tribunales, al pretender el acceso a una especialidad distinta de la que pudieran ser nombrados miembros de los tribunales.
Los presidentes solicitarán de los miembros de los órganos de selección declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Los integrantes de órganos de selección en los que concurra alguna causa de abstención lo pondrán en conocimiento del presidente del órgano, el cual lo notificará inmediatamente a la DGRRHH que resolverá lo procedente.
La no abstención en los casos en los que proceda dará lugar a responsabilidad.
b) Recusación:
Asimismo, en cualquier momento de la tramitación del procedimiento los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal o de la Comisión de Selección cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias o motivos de abstención a los que se alude anteriormente.
Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el Diario Oficial el nombramiento delos nuevos miembros de los órganos de selección que deban sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de estas causas.
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Albacete:
– Geografía e Historia
– Matemáticas
– Hostelería y Turismo
– Administración de Empresas
– Diseño Gráfico
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Ciudad Real:
– Filosofía
– Griego
– Lengua Castellana y Literatura
– Física y Química (en Puertollano)
– Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico.
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Cuenca:
– Inglés
– Procesos Sanitarios
– Fundamentos de Composición
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– Lenguaje Musical
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– Orientación Educativa
– Economía
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– Sistemas y Aplicaciones Informáticas
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– Latín
– Educación Física
– Intervención Sociocomunitaria
– Biología y Geología (Talavera de la Reina)
– Procedimientos Sanitarios y Asistenciales
– Procesos de Gestión Administrativa
– Cocina y Pastelería
Se procurará que los designados presten servicios en la provincia donde el Tribunal tenga su sede. Si no hay profesorado suficiente se nombrarán de otras provincias.