Plazo de presentación de solicitudes: del 1 de enero al 28 de febrero de 2011.Resolución de 13/12/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se convoca el Programa de Acción Social para el personal funcionario docente de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Tipos de ayudas:

Los tipos de ayudas que integran el Plan de Acción Social recogidas en la Base 2 de la Orden de 11 de diciembre de2006 son:
Ayudas por estudios universitarios (EU).
Ayudas para tratamientos psicológicos o psiquiátricos y médicos quirúrgicos no contemplados en la asistencia sanitaria
pública o Muface, incluidos los tendentes a la rehabilitación de drogodependencias, así como las ayudas para órtesis,
prótesis y asimilados (TR).
Ayudas a personas con discapacidad (PM).
Ayudas por estudios y servicios complementarios (ESC).
Ayudas por infortunio y violencia de género (AI).
Ayudas por formación universitaria del funcionario docente (FUD).
Ayudas por nupcialidad, natalidad y adopción (AN)
Ayudas por defunción y sepelio (AS).
Ayuda complementaria por hijo (AC).

Modelos de solicitud

Quién puede solicitarlo

¿Quién puede solicitar las ayudas?.

– Las Bases de esta Orden son de aplicación al personal funcionario docente de carrera, en prácticas e interino, al servicio de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura u órgano competente en la materia.

– Las ayudas reguladas en el Programa de Acción Social podrá solicitarlas el personal funcionario docente, que es el beneficiario. En caso de fallecimiento del funcionario docente, las ayudas por defunción podrán solicitarlas los miembros de la unidad familiar conforme establecen las Bases 3.4 y 50, siempre que se cumpliesen las condiciones particulares de las mismas.

– Pueden tener la condición de destinatarios de las ayudas tanto el docente como los miembros que componen su unidad familiar , según lo regulado en las condiciones particulares de cada modalidad.

– A los efectos de la percepción de estas ayudas, se entenderá por unidad familiar la integrada por la funcionaria o funcionario docente y, en su caso, por:

a) El cónyuge o pareja de hecho , siempre que conviva en el domicilio familiar del solicitante y acredite no haber percibido ingresos brutos anuales superiores al Salario Mínimo Interprofesional en el ejercicio económico a que se refiera la convocatoria. No obstante, en la ayuda por defunción no será necesario cumplir el requisito de dependencia económica.

b) Los hijos, propios o del cónyuge o pareja de hecho en los casos de nulidad, divorcio o separación judicial, que no tengan cumplidos 25 años en el ejercicio económico a que se refiera la convocatoria o los mayores de esa edad siempre que reúnan los requisitos de convivencia y dependencia e

conómica previstos en el apartado a).

c) Los ascendientes propios del docente , o de su cónyuge o pareja de hecho, siempre que reúnan los requisitos de convivencia y dependencia económica previstos en el apartado a).

IMPORTANTE: Para que la pareja de hecho del funcionario docente pueda optar a las ayudas del Programa de Acción Social, el registro debe realizarse en la Secretaría General de la Consejería Presidencia y Administraciones Públicas, donde físicamente está ubicado el Registro de parejas de hecho, en el que podrán ser inscritas las uniones de hecho cuyos miembros tengan la residencia en la región.

Si una pareja de hecho inscrita como tal en un Registro existente en otra Comunidad Autónoma similar al de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cambia su residencia a esta región podrá solicitar la inscripción aportando un certificado del Registro de origen, y adjuntando al mismo copia de los documentos que integren el expediente administrativo en la Administración de procedencia.

En el Registro de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrán ser inscritos, si así lo solicitan, quienes consten como Pareja de hecho en Registros de Municipios de la Región, para lo cual tan solo deberán aportar un certificado en el que se haga constar tal circunstancia, expedido por el Ayuntamiento de origen.

Lugar y forma de presentación

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se formalizarán según el modelo que se reproduce en cada modalidad de ayuda el anexo I Modelo de solicitud , donde se incluye la Autorización para la cesión de datos y la Declaración Responsable, debiendo presentarse una solicitud por cada destinatario y concepto por los que se pretende obtener una ayuda. En cualquier caso el solicitante es el funcionario docente, independientemente del destinatario, excepto en las ayudas por defunción.

La solicitud se podrá cumplimentar telemáticamente a través de la Intranet personal del docente del portal de la Educación. En todo caso, para tener validez, deberá imprimirse y presentarse en la oficina de Registro.

Las solicitudes deberán presentarse acompañadas de la documentación que se requiera en cada modalidad de ayuda. En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar documentación de diferentes administraciones, la persona solicitante quedará exenta de presentar determinada documentación, dependiendo de la modalidad de ayuda que solicite.

IMPORTANTE: Para que la pareja de hecho del funcionario docente pueda optar a las ayudas del Programa de Acción Social, el registro debe realizarse en la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, donde físicamente está ubicado el Registro de parejas de hecho, en el que podrán ser inscritas las uniones de hecho cuyos miembros tengan la residencia en la región.

Si una pareja de hecho inscrita como tal en un Registro existente en otra Comunidad Autónoma similar al de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cambia su residencia a esta región podrá solicitar la inscripción aportando un certificado del Registro de origen, y adjuntando al mismo copia de los documentos que integren el expediente administrativo en la Administración de procedencia.

En el Registro de Parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha podrán ser inscritos, si así lo solicitan, quienes consten como Pareja de hecho en Registros de Municipios de la Región, para lo cual tan solo deberán aportar un certificado en el que se haga constar tal circunstancia, expedido por el Ayuntamiento de origen.

PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE AYUDAS.

Para optar a las ayudas, las solicitudes se presentarán entre el 1 de enero y 28 de febrero de 2011.

Las solicitudes se presentarán en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha o por alguno de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si la solicitud se presenta en una oficina de correos , deberá ser en sobre abierto y figurar el sello de fecha de envío del funcionario de correos en el Anexo I de la solicitud.

No tienen la consideración de oficinas de registro a estos efectos las de los Centros Públicos Educativos , salvo que las mismas se habiliten para este procedimiento por el órgano competente, y sin perjuicio de que, a falta de tal habilitación, se utilicen para remitir la documentación a los registros públicos.

Dirección a la que remitir solicitudes de ayuda

Consejería de Educación y Ciencia

A/a Dirección General de Personal Docente

Bulevar río Alberche s/n

CP: 45071

Documentación general obligatoria


DOCUMENTACIÓN GENERAL OBLIGATORIA

Con carácter general:

  • Solicitud Anexo I correspondiente a la modalidad por la que se solicita la ayuda, cumplimentado y firmado por la persona solicitante.
  • Factura del gasto por el que se solicita la ayuda.

Destinatarios miembros de la unidad familiar

a) CÓNYUGE.

  • Libro de familia o certificado de pareja de hecho emitido por la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, donde físicamente está ubicado el Registro de Parejas de Hecho, en que podrán ser inscritos las uniones de hecho cuyos miembros tenga residencia en la región.
  • Informe de la vida laboral si este fuera positivo, deberá adjuntar el certificado de retribuciones, ingresos, subsidios por desempleo correspondiente al ejercicio 2010.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Cienc

    ia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el certificado de pareja de hecho, así como el informe de vida laboral.

    El libro de familiar lo deberá presentar en cualquier caso, y el certificado de retribuciones, ingresos, subsidios o pensiones en su caso, lo deberá presentar siempre y cuando el informe de vida laboral sea positivo.

  • Informe de convivencia u hoja del padrón.

b) HIJOS MAYORES DE 25 AÑOS.

  • Certificado de convivencia u Hoja del Padrón.
  • Informe de vida laboral.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el informe de vida laboral del hijo mayor de 25 años, si éste fuera positivo deberá adjuntar el certificado de retribuciones, ingresos, subsidios por desempleo, correspondientes al ejercicio 2010.

c) HIJOS DEL FUNCIONARIO DOCENTE MENORES DE 25 AÑOS.

  • Fotocopia compulsada del Libro de Familia.

d) HIJOS EXCLUSIVOS DEL CÓNYUGE O PAREJA DEL DOCENTE.

  • Certificado de convivencia u hoja del padrón.
  • Documento acreditativo de la dependencia económica respecto del solicitante.

Por modalidades. Además de la documentación arriba señalada:

a) ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE RÉGIMEN ESPECIAL (EU).

  • Matrícula, con especificación de créditos y número de veces que se matricula en cada asignatura.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación y Ciencia a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar la matrícula de la persona destinataria de la ayuda siempre y cuando estuviera matriculada en la Universidad de Castilla-La Mancha o en la Universidad de Alcalá de Henares.

b) TRATAMIENTOS MÉDICOS ESPECIALES (TM).

  • Informe médico del facultativo que prescribe el tratamiento.
  • Certificado de MUFACE y/o la entidad médica de no estar cubierto el tratamiento.

c) PRÓTESIS Y ASIMILADOS (TR).

  • Informe médico. (Graduación en el caso de gafas, cristales graduados…..).

El funcionario de carrera solicitante debe adjuntar el documento que certifique que el destinatario objeto de ayuda no está incluido en la MUFACE.

d) PERSONAS CON DISCAPACIDAD (PM).

  • Certificado de minusvalía en vigor.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el certificado de minusvalía.

e) ESTUDIOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS (ESC).

  • Justificante acreditativo de matrícula.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el justificante acreditativo de matrícula, siempre y cuando la persona destinataria de la ayuda se encuentre matriculada en un centro de carácter público incluido en la Red de Centros de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura.

f) AYUDAS POR VIOLENCIA DE GENERO (AI)

  • Acreditación de sufrir violencia de género.
  • Acreditación del cambio de vivienda, en su caso.
  • En caso de encontrarse en excedencia, certificado de vida laboral e ingresos.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el informe de vida laboral, si éste fuera positivo deberá adjuntar el certificado de retribuciones, ingresos, subsidios por desempleo, correspondientes al ejercicio 2010.

g) FORMACION UNIVERSITARIA DOCENTE. (FUD).

  • Matrícula, con especificación de créditos y número de veces que se matricula en cada asignatura.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar la matrícula de la persona destinataria de la ayuda siempre y cuando estuviera matriculada en la Universidad de Castilla-La Mancha o en la Universidad de Alcalá de Henares.

h) NUPCIALIDAD; NATALIDAD Y ADOPCION (AN).

  • Libro de familia que acredite el hecho.

i) DEFUNCION (AS)

  • Certificado de defunción.
  • Libro de familia, certificado de pareja de hecho o acta notarial del Registro Regional de parejas de hecho. En su caso, documento que acredite la tutela o acogimiento.
  • Ficha de terceros con los datos de la cuenta bancaria.
  • Acreditación de la conviviencia.

En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el certificado de pareja de hecho.
j) SEPELIO (AS)

  • Certificado de defunción.
  • Libro de familia, certificado de pareja de hecho o acta notarial. En su caso, documento que acredite la tutela o acogimiento.
    En el caso de marcar la casilla habilitada que autoriza a la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura a recabar la documentación arriba señalada, la persona solicitante quedará exenta de presentar el certificado de pareja de hecho.

k) AYUDA COMPLEMENTARIA POR HIJO (AC).

  • Certificado de convivencia del hijo respecto al solicitante.

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