NOTA ACLARATORIA DE LA NÓMINA DE JUNIO DE INTERINOS (colgada en Intranet el 26 de junio de 2012 por la Administración)

En la nómina de Junio se ha abonado el importe a los días trabajados en dicho mes. En el concepto de paga extraordinaria se ha abonado el importe a los días trabajados en los seis últimos meses desde 01/12/2011 a 31/05/2012.

En el concepto de liquidación se ha abonado la parte proporcional de extraordinaria de diciembre/12 de los días trabajados desde el 01/06/12 a la fecha de cese.

Se ha abonado importe de días de vacaciones no disfrutadas en el concepto “liquidación vacaciones”. (en la nominilla aparecerá los dígitos con el número de días que a cada uno le correspondan).

Según la normativa vigente el certificado de empresa se envía de forma telemática desde los servicios periféricos al SEPE de tal forma que TODAS LAS OFICINAS recibirán dicho certificado.

La prestación de desempleo no empezará a contar hasta que finalice los días de vacaciones que a cada uno correspondan.

No obstante se recomienda que para cualquier consulta sobre prestaciones de desempleo se acceda a la página www.sepe.es o telefónicamente a cada una de las oficinas del SERVICIO DE EMPLEO PUBLICO ESPAÑOL (SEPE).

ACLARACIONES DEL STE A DICHA NOTA

La Consejería ha decidido unilateralmente, una vez más, reducir los días de vacaciones con el fin de ahorrar en otra partida: los 22 días hábiles de vacaciones solo corresponden por un año trabajado (365 días). Como los interinos e interinas van a ser cesados el 29 de junio, se les calculará los días de vacaciones en función del tiempo trabajado:

FORMULA A APLICAR PARA CALCULAR LOS DÍAS DE VACACIONES QUE TE CORRESPONDEN:

22 X DÍAS TRABAJADOS/ 365

– Se podrá inscribir como demandante de empleo a partir del día siguiente a ser cesados (fecha cese 29 de junio), en la oficina correspondiente del SEPECAM de la zona en la que estén empadronados/as.

– La prestación por desempleo se podrá solicitar cuando finalice el período de vacaciones correspondiente que se especifica en el certificado de empresa (días naturales, no hábiles, es decir, sumando a los días hábiles sábados y domingos) y que también aparece en la nómina. Por ejemplo, si te corresponden 18 días hábiles de vacaciones, puedes solicitar la prestación a partir del 25 de julio.

Una vez terminadas las vacaciones se tienen 15 días hábiles para hacer la solicitud de la prestación de desempleo; se debe coger cita previa ( se puede hacer a través de internet). Recomendamos pedir esta cita con antelación, tenemos constancia de que ya hay lista de espera.

– Solo tienen derecho a cobrar el paro los interinos/as que hayan trabajado un año al menos.


La documentación a presentar:

  • La solicitud de prestación que facilita la oficina del SEPECAM.

  • Documento Nacional de Identidad.

  • Libro de familia.

  • Certificado de empresa (la Consejería lo enviará directamente).

La cuantía que se cobrará:

  • En los 180 primeros días se percibe el 70% de la base reguladora

  • A partir del día 181 el 60%.

  • En lo referente a los docentes de Castilla la Mancha, las cuantías en bruto son:

-1087,20 euros al mes sin hijos a tu cargo.

-1242,52 euros al mes con un hijo a tu cargo.

-1397,83 euros al mes con dos o más hijos a tu cargo.

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