El sábado se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2013 (BOE 16/6/2013) de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

Este Real Decreto-ley no cambia la edad de jubilación en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. que sigue siendo la regulada en el Estatuto Básico del Empleado Público.
Este nuevo RDL, aunque establece una progresión de 33 años a 35 años de servicio para poder solicitar la jubilación anticipada, no afecta los criterios fijados en el EBEP, que siguen siendo de 60 años y un mínimo de 30 años de servicio.
A día de hoy no hay ninguna ley que establezca el retraso de la edad de jubilación para los acogidos al Régimen de Clases Pasivas, aunque podría producirse repentinamente un cambio legislativo sobre este tema.

Lo que sí modifica el Real Decreto-ley 5/2013 es el tema de las compatibilidades para las jubilaciones causadas a partir del 1 de enero de 2009. Estas jubilaciones son compatibles (además de con cargos electivos sin sueldo fijo, algunos parlamentarios y municipios) con trabajos que impliquen cotización a la Seguridad Social:

– En caso de jubilación forzosa por edad y con el 100% del haber regulador. Mientras se compatibilicen pensión con trabajo sólo percibirán el 50% de las pensiones de Clases Pasivas.

– En caso de jubilaciones por incapacidad, (si no es incapacidad para toda profesión y oficio) podrán realizar trabajos distintos de los que se realizaban para el Estado. En este caso la pensión de Clases Pasivas se reduce al 55% si se tiene menos de 20 años de servicio y al 75% si se tienen más de 20 años.

STE-CLM denuncia el uso de eufemismos en este RDL, como “favorecer la continuidad de la vida laboral o el envejecimiento activo”, que tienen la intención de vender un recorte drástico de derechos como algo positivo y necesario.

STE-CLM denuncia que la intención real de este RDL, es forzar a las personas que se jubilan a seguir trabajando en los llamados “minijobs” para completar el recorte que se producirá en su pensión.

Resumiendo, el Gobierno subirá gradualmente la jubilación anticipada para los que figuren en la Seguridad Social hasta llegar a los 35 años de servicio, y establece y regula los “minijobs” para las personas que se jubilen con este sistema. Es en este sentido, el RDL establece dos disposiciones adicionales, para que el personal funcionario en clases pasivas también pueda realizar “minijobs”, dejando de cobrar un 50% de la jubilación al estar trabajando.

Para más información adjuntamos el Real Decreto-Ley 5/2013.

Attached files

Jubilación BOE 16-3-2013.pdf  

Subir

";