Representantes de STE-CLM en la JPD de Toledo

Representantes de STE-CLM en la JPD de Toledo

El pasado 24 de septiembre los miembros de la Junta de Personal docente de Toledo nos reunimos en Pleno Ordinario. El acta de este pleno se aprobará en el pleno que tendrá lugar el 19 de noviembre.

Enlazamos el acta del Pleno del 28 de mayo de 2015, aprobada el jueves, el calendario de reuniones de la Junta de Personal del curso 2015/16 y las propuestas presentadas por STE-CLM.

La mayor parte de estas propuestas fueron aprobadas por unanimidad, para ser defendidas de forma conjunta, excepto las siguiente:

– Zona única de escolarización. Exigir a la Consejería y a la Directora Provincial la eliminación de la zona única de escolarización. Esta propuesta fue aprobada por mayoría con 28 votos a favor, y 6 votos en contra que se corresponden con los miembros del sindicato CSIF que defiende la zona única de escolarización frente al resto de sindicatos.

Os recordamos en qué consiste la Junta de Personal y cuáles son sus funciones:

¿Qué es la Junta de Personal Docente?

La Junta de Personal Docente de los Centros Públicos no Universitarios de Toledo es el órgano de representación de los docentes de la función pública en esta provincia, compuesto por un número variable de delegados y delegadas, que representan las candidaturas votadas por los trabajadores del sector en las elecciones sindicales. En todas las provincias hay Junta de Personal, con diferente composición según los resultados electorales.

El mandato de los miembros de la Junta de Personal y de los delegados y delegadas es de cuatro años, pudiendo ser reelegidos en sucesivos periodos electorales. La actual Junta de Personal fue elegida el día 4 de diciembre de 2014. En función de estos resultados electorales, los sindicatos con representación tenemos derecho a participar en las diferentes Mesas de Negociación que se establezcan con la Administración.

La actual Junta de Personal de Toledo está formada por 37 delegados y delegadas de pleno derecho, pudiendo enviar cada centra sindical representantes con derecho a voz pero sin voto (secciones sindicales).

Los delegados/as se reparten de la siguiente forma, de acuerdo con el proceso electoral ya referido:

SindicatoSTE-CLMANPECSIFCCOOFETE-UGT
Delegados/as1111663

La presidencia y secretaria en esta legislatura recae en STE-CLM

Las Juntas de Personal mantienen reuniones periódicas a través de una Comisión Permanente y del Pleno.

El Pleno

El Pleno se reúne de forma ordinaria cada dos meses, y extraordinariamente, cuantas veces sea convocado por el Presidente, la Comisión Permanente, un quinto de los miembros de la Junta, o dos sindicatos con representación, para tratar los puntos propuestos por las diferentes organizaciones sindicales. Todos los docentes pueden hacer llegar sus propuestas, preguntas, quejas, etc. (os animamos a seguir participando enviándonos todo lo que consideréis de interés al correo juntadepersonaldocentetoledo@gmail.com o a través de nuestro correo toledo@ste-clm.com o talavera@ste-clm.com).

Las propuestas se debaten y se votan, las que se aprueban por mayoría se asumen por parte de la Junta como propias y se les intenta dar solución según sus características. Tras los Plenos, la Comisión Permanente se reúne con el Coordinador para trasladarle las cuestiones que son de su competencia.

Además, intentemos resolver conflictos, realizamos movilizaciones y actos de protesta, ruedas de prensa, etc.

La mayor parte de las propuestas son dirigidas a la Directora Provincial, con la cual se reúne la Comisión Permanente periódicamente para plantearle las cuestiones. No hemos querido renunciar a nuestro derecho a dirigir muchas de las propuestas presentadas directamente a la Consejería de Educación.

La Comisión Permanente.

La Comisión Permanente está formada por un miembro de cada sindicato con representación en la Junta de Personal, y funciona con el voto ponderado de sus componentes. Están incluidos el Presidente y el Secretario de la Junta, que también lo son de la Comisión Permanente.

Su función es representar a la Junta de Personal, asumiendo las funciones que marca el Pleno.

La Comisión Permanente se reúne con carácter ordinario los meses en los que no se celebra Pleno, y con anterioridad y posterioridad a la celebración de cada Pleno de la Junta de Personal; con carácter extraordinario cuando convoque el Presidente o lo solicite al menos un sindicato.

Los miembros de esta Comisión mantienen reuniones mensuales durante todo el curso escolar con la Directora Provincial de Educación de Toledo para tratar con él todas las cuestiones de su competencia, y plantearle las cuestiones que nos hacéis llegar.

FUNCIONES (legales) de la Junta de Personal

La figura de la Junta de Personal viene recogida en el artículo 40 del Estatuto Básico del Empleado Público (Funciones y legitimación de los órganos de representación) el cual dice:

Las Juntas de Personal y los Delegados de Personal, en su caso, tendrán las siguientes funciones, en sus respectivos ámbitos:

a. Recibir información, sobre la política de personal, así como sobre los datos referentes a la evolución de las retribuciones, evolución probable del empleo en el ámbito correspondiente y programas de mejora del rendimiento.

b. Emitir informe, a solicitud de la Administración Pública correspondiente, sobre el traslado total o parcial de las instalaciones e implantación o revisión de sus sistemas de organización y métodos de trabajo.

c. Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves.

d. Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral y horario de trabajo, así como en el régimen de vacaciones y permisos.

e. Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales, Seguridad Social y empleo y ejercer, en su caso, las acciones legales oportunas ante los organismos competentes.

f. Colaborar con la Administración correspondiente para conseguir el establecimiento de cuantas medidas procuren el mantenimiento e incremento de la productividad.

g. Las Juntas de Personal, colegiadamente, por decisión mayoritaria de sus miembros y, en su caso, los Delegados de Personal, mancomunadamente, estarán legitimados para iniciar, como interesados, los correspondientes procedimientos administrativos y ejercitar las acciones en vía administrativa o judicial en todo lo relativo al ámbito de sus funciones.

 

 

Subir

";