El STE-CLM se pone a disposición de los afectados por los recortes, que consideren mermados sus derechos, para recurrir contra ellos.

1.- Decreto por el que se crea el centro Regional de Formación del Profesorado de CLM y se regula la estructura del modelo de Formación Permanente del Profesorado.

El STE-CLM rechaza cualquier reducción-supresión de los CEPs y CRAERs, pues estos centros han sido un buen instrumento para conjugar estos dos ámbitos, de necesidades dictadas por la Administración, y demandas propuestas por el profesorado en sus centros de trabajo. Para ello es absolutamente necesario contar con unos recursos mínimos que garanticen la viabilidad del actual modelo de formación o, al menos, el mantenimiento de las funciones y sus resultados. Mucho nos tememos que estamos, con esta propuesta de la Administración, ante un mal día para el profesorado, su formación y la calidad de la escuela pública.

Y por lo tanto el STE-CLM, deja bien claro, la necesidad de una Red Pública de Formación del Profesorado, ajena a la intrusión de entidades externas, de ámbito territorial y lo más cercana posible a los centros educativos, a la vez que participativa y democrática en su gestión.

Se le ha preguntado a la administración sobre la entrada en vigor de este decreto y nos contesta el DG que no lo sabe. El STE pide que no entre en vigor.

2.- BORRADOR DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESORADO

El STE-CLM está de acuerdo con una Ley de Autoridad, pero NO con esta Ley de Autoridad que se quiere publicar con muchas prisas en CLM, las prisas que nunca son buenas, hacen que quien tiene que disfrutar los posibles beneficios de la Ley, prácticamente no la conozca, ni haya tenido tiempo de enriquecerla.

La Consejería quiere publicar una Ley que le sale bien barata, pero que no aporta prácticamente nada en lo relativo a protección jurídica del profesorado, tal y como hemos fundamentado en mesas técnicas. Además la quieren airear como la solucionadora de los problemas. Cuando realmente como no cambia nada, porque no se gasta ni un duro, todo seguirá igual, el clima de convivencia y el proceso de enseñanza aprendizaje, los mismos.

Quieren poner en CLM una Ley muy parecida a la de otras comunidades autónomas, en las que no ha servido para casi nada. Investir al profesorado de Autoridad pública, sí puede tener efecto disuasorio entre los/as agresores/as, pero poco más.

La Consejería que desde que ha llegado no ha hecho nada más que recortar, plantillas, salario, complementos, con esta Ley pierden la oportunidad de introducir como medidas de apoyo al profesorado, en el artículo 8: a) disminuir las ratios , b) disminuir el nº de alumnado con n. e. específicas por aula, c) dotación de profesorado para mejorar la convivencia, d) incrementar las plantillas.

Estas son las medidas que el profesorado está esperando en los centros de trabajo, las medidas que han admitido sirven para darle el color que tiene esta Ley en otras comunidades. Pero son insuficientes para lograr los dos pilares de la educación, como pone en el preámbulo, en 5º párrafo. “un clima de convivencia positivo dentro de la escuela y un profesorado reconocido socialmente y que goce de la necesaria autoridad para garantizar los altos objetivos finales de la educación en las instituciones escolares.

Apostamos y apoyamos una Ley de Autoridad que también mejore la convivencia, no apoyamos esta Ley por insuficiente, la quieren hacer tan a “coste 0”, que las medidas del artículo 8, suenan “a más teoría” y no solucionan los problemas de convivencia, que son los que hay que solucionar. Que sepan que con sus recortes, en Secundaria, y los que vendrán en Infantil y Primaria, no sólo no valorizan la labor de enseñar, sino que además, la dificultan enormemente y empeoran la calidad de la enseñanza pública y generan pérdida de empleo.

3.- BORRADOR DE ORDEN QUE REGULA EL PLAN DE ACCIÓN SOCIAL.

El STE-CLM manifiesta su rechazo a la propuesta restrictiva de la administración y exige el que se destine el 1 % de la masa salarial a este plan que durante los últimos años se ha consolidado como un plan de ayuda integral del profesorado, que hace aconsejable su continuidad dando respuesta a las diferentes necesidades que han ido surgiendo al profesorado.

El sistema de ayudas que desarrolla el Programa de Acción Social está integrado por un conjunto de beneficios sociales encaminado a mejorar la calidad de vida del funcionario docente o la de su familia a cargo, entre ellas se encuentra la formación del profesorado que es fundamental para mantener la buena calidad de la enseñanza; al impulsar la formación del profesorado, rentabilizando el principal recurso de que dispone esta administración, que son los funcionarios y funcionarias.

El borrador del PAS que nos presentan reducen al mínimo las cobertura lo que supone un grave retroceso.

El plazo de presentación solicitudes es del 1 de enero al 30 de abril.

Las ayudas son por: Formación universitaria del docente, formación universitaria, guarderías, comedor escolar (3 a 6 años), a personas con discapacidad, infortunio y violencia de genero.

– INFORME DE SUSPENSIÓN DE ACUERDOS

Modificación del acuerdo de itinerantes

Si se modifica el acuerdo de itinerantes, la administración tiene abrir un proceso para que el profesorado opte por suprimirse o quedarse en la plaza itinerante, porque se están cambiando las condiciones con la que cogió la plaza.

La Consejería de educación no puede obligar al profesorado a poner su vehículo, que es una propiedad privada, al servicio de la administración de forma habitual y recibir el mismo tratamiento que pone su vehículo de forma esporádica. Por tanto el STE-CLM propone la siguiente redacción del apartado 4.1. la Consejería de Educación cultura y deporte dotará de parque móvil al profesorado para realizar las itinerancias o en su defecto le proporcionará un vehículo de servicio público que se encargará de recoger al profesorado en el centro y llevarlo a centro con el que itinera.

Por otra parte lo primero que tiene

que hacer esta administración es pagar al profesorado las itinerancias que le debe, porque no sólo tienen que poner su coche, sino que también le tiene que anticipar, por tiempo ilimitado, su dinero a la administración.

Nos gustaría saber hasta cuando estará el profesorado obligado a realizar las itinerancias sin cobrar.

Maestros en IES

El complemento de maestros en IES está consolidado desde el año 2003 y viene a dar respuesta a la doctrina que establece el Tribunal Supremo y el Constitucional que dice que no se pueden establecer complementos diferentes a funcionarios que desarrollan funciones idénticas, por este motivo se paga un complemento a los maestros en IES que les equipara al complemento de destino que cobran el profesorado de secundaria. Si ahora que se decide por parte de esta administración quitar este complemento incumplirá la doctrina del supremo y se iniciarán una cantidad importante de recursos contra la administración, y los costes que se deriven de esta actuación arbitraria de la administración los deberían asumir los que tomen esa decisión, de tal forma que las decisiones que se toman que son contrarias a derecho a sabiendas no tienen porque recaer las consecuencias en los ciudadanos y ciudadanas de esta región.

Hay que recordar que este complemento no es exclusivo de Castilla-La Mancha, sino que se paga en el territorio MEC y en otras comunidades autónomas, es lógico ya que se aplica una doctrina del Tribunal Supremo.

El STE-CLM muestra su más absoluto rechazo con esta medida, que además de pedir que no se elimine, exigimos que se extienda a todo el profesorado del cuerpo de maestros como pedimos en su momento, de tal forma que nos vayamos caminando hacia el cuerpo único de enseñantes.

Hay que preguntar si está decidido de forma definitiva aplicar esta medida, de tal forma que se provoque al DGRRHH para que diga que hay que revisarlo, que no es definitivo y si así fuera hay que pedir que conste en acta lo que dice el DG porque esto sirve para de cara a una demanda judicial, básicamente porque no se justificaría la excepcionalidad de la medida.

<Gratificación por realización de viajes educativos

Estamos en desacuerdo con esta medida que nuevamente viene a penalizar al docente y aprovecharse de la buena voluntad del profesorado.

El Decreto 327/2008, de 21 de octubre, por el que se establecen diversas medidas retributivas en relación con los funcionarios y funcionarias docentes de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 7 una retribución complementaria para las funcionarias y funcionarios que presten servicios en puestos de trabajo adscritos a Centros de Educación Especial.

La modifica el apartado 1 del artículo 7 Decreto 327/2008, de 21 de octubre, que dice: “Las funcionarias y funcionarios que impartan docencia directa al alumnado de Centros de Educación Especial percibirán una retribución complementaria por importe de 96,12 euros mensuales”.

Desde el STE-CLM queremos saber a que profesionales afecta esta medida.

Entendemos que esto es una discriminación a determinados profesionales, porque según la ley esos profesionales a los que se pretende excluir pertenecen al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria y tienen su destino en un CEE, por tanto ejercen sus funciones con el alumnado del centro.

El artículo 38 apartado 10 del EBEP: “Se garantiza el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas, los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas suspendan o modifiquen el cumplimiento de Pactos y Acuerdos ya firmados, en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público. En este supuesto, las Administraciones Públicas deberán informar a las Organizaciones Sindicales de las causas de la suspensión o modificación”.

A tenor de lo establecido en el citado artículo, se pueden suspender o modificar los Acuerdos excepcionalmente (pero no como una medida habitual como está haciendo esta administración) y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas y si se cumplen estos requisitos se deberá informar a las organizaciones sindicales de las causas de suspensión o modificación.

No puede justificar la administración que nos encontramos ante una situación excepcional, ni ante una causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias, porque si bien es cierta la situación de crisis económica no puede negarse que dicha situación se conoce desde al menos dos años, por lo que es obvio que la situación era conocida y previsible. Por tanto no se puede seguir constante utilizando un precepto jurídico para tratar de justificar todas las medidas contra el profesorado que no tienen más justificación que un ataque contra la educación pública.

Al final la mesa ha terminado sin contestación a la parte sindical por el Director General de Recursos Humanos, se ha limitado a felicitar la

navidad, se ha levantado y se ha marchado de la mesa sin mediar palabra.

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