EL SERVICIO JURÍDICO DE LA UNIÓN EUROPEA DA LA RAZÓN AL STE-CLM SOBRE EL COBRO DEL VERANO DEL PROFESORADO INTERINO

La Comisión europea, organismo internacional, ha presentado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea una serie de alegaciones que dan la razón al STE-CLM, afirmando que existe discriminación en el proceder de la Consejería de Educación con respecto al cobro del verano del profesorado interino.

Recordamos que desde el verano del 2012 el profesorado interino viene siendo cesado en el mes de junio, cuando aún no termina el curso académico, para ahorrar la Administración a costa del salario de este colectivo. A pesar de que la Ley de presupuestos generales para 2017 y el borrador de 2018 recogen el contrato anual para interinos con vacantes, no se reconoce este derecho con efecto retroactivo, ni para interinos adjudicados con vacante después del 1 de septiembre, ni para interinos con más de cinco meses y medio trabajados, como se disfrutaba hasta 2012.

Ante los recursos presentados por STE-CLM ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, dicho tribunal planteó el pasado mes de abril una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europa por vulneración del principio de igualdad de trato entre trabajadores de duración determinada y trabajadores fijos. En ese momento se abría un nuevo escenario para que a este profesorado se le reconozcan sus derechos, en base a lo establecido en la normativa europea, y se paralizaba el procedimiento interpuesto ante los tribunales españoles, pasando a ser el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el que determine si la actuación de la Consejería de Educación es discriminatoria y contraria al Derecho de la Unión Europea.

La noticia de la cuestión prejudicial fue un gran paso para la consecución de los derechos laborales del profesorado interino y la no discriminación de los mismos, y más aún es la noticia que nos llega ahora sobre las alegaciones favorables de la Comisión europea, dado que este organismo está haciendo una serie de consideraciones para que el TJUE las tenga en cuenta a la hora de pronunciarse.

En concreto, la Comisión propone al Tribunal de Justicia responder de la forma siguiente a las cuestiones planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La-Mancha:

La finalización del curso lectivo no es una razón objetiva que justifique un trato diferente a los funcionarios docentes interinos con respecto a los fijos. El curso académico va, según la normativa, desde el 1 de septiembre hasta el 31 de agosto, como hemos recordado constantemente STE-CLM a la Administración, ahora la UE nos da la razón.

La Disposición Adicional 13 de la Ley Regional 5/2012 de 12 de julio que, por razones de ahorro presupuestario y cumplimiento de objetivos de déficit suspendió el Acuerdo del cobro del verano para el profesorado que trabajaban más de 5 meses y medio, no constituye una razón objetiva que justifique la suspensión de dicho Acuerdo. Esta es otra de las demandas de STE-CLM ante la cual el Director General afirmó no entender y calificar de extravagante, durante las negociaciones del nuevo pacto de interinos, ahora la UE nos da la razón.

Las vacaciones anuales retribuidas devengadas no deben sustituirse por la retribución económica correspondiente. El profesorado interino es cesado sin derecho al disfrute de vacaciones, porque para ello debe estar contratado. En lugar de eso, se les sustituía ese derecho por una indemnización según el tiempo trabajado. Ahora la UE nos da la razón, es decir, los trabajadores tienen derecho al disfrute de un descanso efectivo.

A la espera del pronunciamiento del TJUE, desde STE-CLM denunciamos que la Consejería incumple el Derecho de la Unión Europea, y volvemos a demandar a la Administración que incluya en los Presupuestos para 2018 una partida para hacer efectivas nuestras demandas, porque con casi total seguridad la sentencia será estimatoria, y en ese caso la Administración Educativa deberá abonar al profesorado cesado las retribuciones de los meses de julio y agosto desde 2012 con los consiguientes intereses de demora. El TJUE ya se ha pronunciado en este sentido en casos similares y no podemos consentir esta clara vulneración de derechos, ni este trato discriminatorio.

Son muchos los años de lucha con estas reivindicaciones. Esperemos que la cerrazón de algunos y el desprecio de otros hacia el profesorado interino, no malogre esta oportunidad histórica de consolidar su empleo y se acabe con la inestabilidad y la precariedad. Poco a poco los Tribunales nos dan la razón. A igual trabajo, iguales condiciones laborales.

Secretariado de STE-CLM, a 29 de noviembre de 2017.

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