Ver informe completo de plantillas de Secundaria.

Las plantillas de los centros se componen de plantilla orgánica y de cupo. Las plantillas orgánicas de los centros educativos se publican el Diario Oficial con el número de plazas que corresponden de cada especialidad y el número de plazas que están ocupadas por profesorado. Estas plantillas tienen que ser negociadas con las organizaciones sindicales, al igual que las instrucciones con los criterios que rigen la creación y supresión de plazas.

En el pasado mes de diciembre se impusieron en mesa sectorial las instrucciones con los criterios para la elaboración de las plantillas orgánicas de los centros para el curso que viene, sin aceptar ninguna propuesta de los sindicatos y consolidando los recortes del gobierno anterior ya que eran prácticamente las mismas del curso pasado, y que han supuesto cientos de supresiones, amortizaciones y desplazamientos, considerando las actuales ratios y horario lectivo para el curso 2016/2017.

Este martes 12 de diciembre tuvo lugar la reunión para negociar las plantillas de los centros de la provincia de Toledo, es decir, para la aplicación de las instrucciones a cada centro de esta provincia. A dicha reunión asistimos representantes de STE-CLM junto con el resto de organizaciones sindicales con representación en la Junta de Personal y los responsables provinciales de Educación. A destacar la no asistencia de la directora provincial.

En la reunión, el asesor y los inspectores asistentes informaron de que no habían cumplido las instrucciones de Consejería, sino criterios que en dicha provincia consideraban más convenientes. En concreto, en lugar de realizar el cómputo de horas para los cursos pares con los horarios LOE como dicen las instrucciones (ya que no está claro lo que va a pasar con la LOMCE para el curso que viene), lo habían realizado con horarios LOMCE. ¿Por qué? De esta forma conseguían un balance de creación de 10 plazas en toda la provincia para todas las especialidades, en lugar de un balance de 18 amortizaciones. Pero esto lo han hecho a costa de materias que se ven perjudicadas con la implantación de la LOMCE, como es el caso de las materias de Biología y Filosofía. La dirección provincial de Toledo pretende amortizar plazas de estas especialidades cuando en realidad hay horario suficiente según las instrucciones. Desde STE creemos que se debe ser flexible al aplicar estas instrucciones sobre todo en el caso de las supresiones, pero hemos rechazado rotundamente la amortización de plazas de forma ilegal. Recordamos que hemos ganado recientemente una sentencia que obliga a crear de nuevo un plaza que había sido amortizada, y volveremos a recurrir las órdenes de plantillas si estas no se ajustan a la legalidad.

Por otro lado, para una mejor compresión del proceso de elaboración de las plantillas de los centros, recomendamos la lectura de las instrucciones de la Consejería (ver instrucciones), y las aportaciones de STE-CLM a dichas instrucciones (informe de la Mesa Sectorial de 3 de diciembre).

Además, recomendamos la lectura del Lapicerillo sobre suprimidos, amortizados y desplazados de STE-CLM donde explicamos estos conceptos (ver lapicerillo).

¿Qué significa que una plaza está amortizada?

Una plaza se amortiza en EEMM cuando hay insuficiencia horaria según unos criterios que impone la Administración en las instrucciones para la creación y supresión de plazas. La plaza amortizada desaparece de la plantilla orgánica (Orden de plantillas). La situación del funcionario amortizado es de inseguridad jurídica absoluta pues su plaza desaparece pero no pierde el destino.

Un profesor/a puede resultar amortizado teniendo horario completo, ya que no computan todas las materias en estos criterios de la Consejería (por ejemplo, no cuentan las materias optativas ni las reducciones horarias por ser equipo directivo).

En resumen, una amortización no conlleva necesariamente el desplazamiento del centro, pero en la práctica sí es bastante probable que esto ocurra tarde o temprano. El amortizado conserva el destino definitivo y no está obligado a concursar (según el criterio que la Administración está aplicando actualmente). Si finalmente es desplazado, tendría derecho preferente en el Concurso. La situación tanto de desplazado como de amortizado es en teoría, reversible. La desamortización se produce cuando una persona del departamento se jubila o se fuese por Concurso, pero no se enviaría a nadie a cubrir esa plaza. También se produce una desamortización de la plaza cuando se crea una plaza nueva de la misma especialidad en cursos posteriores.

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