La Consejería dispone del profesorado a su antojo, durante el proceso de oposiciones.

Todo el profesorado sabe que en la oposiciones de acceso a los cuerpos docentes se nos puede desplazar por razones del servicio de nuestro puesto de trabajo, año tras año, vemos como un importante número de profesores y profesoras se desplazan a otras localidades y provincias en las que no tienen ni su puesto de trabajo ni su residencia, pero lo que ahora acabamos de descubrir, es que que también disponen de nuestra vida, de nuestro coche y de nuestro dinero y todo esto después de habernos bajado nuestro sueldo, tanta desfachatez no podíamos imaginar por parte de la Consejería.

Al hilo de una petición de transparencia en el proceso de selección de profesorado para la constitución de tribunales, en la que no sólo no dicen nada de cuales son los criterios en la selección de vocales y suplentes, ni publican las personas por especialidades que hay en nuestra región, la utilizan para disponer de nosotros y nosotras a su antojo y esto basta con analizar un poco la orden que regula este proceso.

En el partado sobre indemnizaciones pone:

“Se abonarán dietas diarias por locomoción cuando la distancia entre las localidades de residencia y del tribunal sea igual o inferior a 60 km.” Después en otro apartado queda claro que para estas personas no se les pagará la pernoctación, quiere esto decir que deben poner al servicio de la administración su coche, en caso de tenerlo. No sabemos en que disposición se nos obliga a tener coche y a saber conducir y ponerlo a disposición de la empresa, eso es claramente un abuso, sino van a pagar la pernoctación deben de pagar el kilometraje o el transporte por medios públicos incluyendo un taxi sino hay otro medio, a elección del funcionario/a.

Siguiendo con la orden en otro apartado dice:

“En los casos en que la distancia entre las localidades de residencia y del tribunal sea superior a 150 km, el funcionario podrá pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal percibiendo las dietas por manutención y alojamiento previstas en los apartados siguientes. En caso contrario, sólo se abonarán dietas por locomoción hasta el límite de 150 km.

” En este caso te obligan a pernoctar y si no, sólo te abonan 150 km, aquí ya disponen de tu vida al completo, es decir te pueden desplazar por toda una semana fuera de tu entorno familiar, pero si quieres hacer un esfuerzo e irte con tu familia, ya sabes te lo tienes que pagar tu. Miles de situaciones se nos pueden ocurrir para ejemplificar la desfachatez de esta medida. Pero si es usted quien me obliga a desplazarme ¿cómo no me va a pagar el desplazamiento hasta mi residencia?, imaginemos una persona que quiera desplazarse entre medias de la semana para estar con su familia ¿ se lo tiene pagar él o ella? O todos los días, la consejería lo único que tiene que velar es por que cumpla con su función. ¿Lo hacen así para todos los funcionarios o somos los profesores y profesoras los únicos que merecemos estas consideraciones? En el Decreto sobre indemnizaciones nada pone al respecto, y es que ya se sabe a estos de la enseñanza hay que atarlos corto, parece que dicen nuestros compas de la Consejería.

Más perlas:

“Para el cálculo de las dietas por manutención se tendrá en cuenta el siguiente criterio:

Cuando los miembros de los tribunales no residan en la localidad del tribunal percibirán el 100% de manutención durante los días de la semana de actuación del mismo, salvo el último día de actuación y el inmediatamente anterior al primero que tenga fijado de actuación el tribunal, en los que sólo percibirán el 50%, siempre que su localidad de residencia se encuentre a una distancia superior a 150 km de la que tenga fijada como sede el tribunal correspondiente o a una distancia superior a 60 km e inferior a 150 km y hayan optado por pernoctar en la localidad donde tenga su sede el tribunal”.

Queda muy claro que si tu estás entre los que han elegido irse a su casa por que estas a una distancia prudencial y has terminado de realizar tus funciones a las 14 h, no tienes derecho a que la consejería te pague la comida, lo deben hacer porque después de comer entra mucho sueño y no quieren colaborar con un posible accidente, así que si quieres comer te lo pagas tu o comes ya entradita la tarde. Ni que decir tiene que si terminas por la tarde ya de la cena ni hablamos.

Esta Orden, junto con otras que en estos meses han publicando, ponen de manifiesto la gran estima que tienen hacia el profesorado nuestros insignes dirigentes de la Consejería.

Desde el STE recurriremos la Orden y animamos al profesorado que haga lo mismo, para ello ponemos a disposición de las personas que se sientan afectadas nuestro servicio jurídico.

¡Por la dignidad y el reconocimiento del profesorado!

STE, Decimos lo que hacemos, hacemos lo que decimos

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